Hemos recibido muchas consultas de interinos e interinas de secundaria, que tenían la
impresión de que en la asignación y elaboración de sus horarios, no se había
seguido el procedimiento correcto, y que al elaborarlos se podrían haber inculcado inculcado
parte de sus derechos.
Se quejaban de que en los centros no se les daba
información cuando lo solicitaban, siendo su primera inquietud, conocer la
normativa por la que se regula la asignación de horarios.
La normativa que regula la elaboración de horarios, en la Comunidad Murciana,
es la siguiente y con el siguiente orden jerárquico:
- Reparado enlace => Orden de 31 de mayo
de 2005, de la consejería de educación y cultura, por la que se establecen
procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2005-2006.
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Reales Decretos 82/1996, y
83/1996, ambos de 26 de enero, ( Nota: los citados Decretos son de aplicación
con carácter supletorio en esta Comunidad Autónoma, así como las Órdenes de
desarrollo de los mismos y sus correspondientes modificaciones en tanto no
contradigan lo dispuesto en la Orden de 31 de Mayo de 2005 ).
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Educación Primaria:
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Educación Secundaria:
Aviso : hermos incluido las órdenes ECD/3388/2003 y ECD/3387/2003, a pesar de existir serias dudas sobre su aplicación en nuestra comunidad autónoma al ser de apliación en territorio MEC ( Ceutaq y Melilla) y haber sido publicadas con posteridad a las transferencias educativas . Tenemos constancia de que en unos centros se aplican con carácter supletorio, mientras que en otros, consideran que no se deben aplicar en nuestra comunidad. En cualquier caso la polémica está servida y corresponde a la Consejería de Edudación pronunciarse y deshacer el entuerto.
Vigencia de esta normativa: Esta normativa es la vigente a setptiembre de 2005 Conviene comprobar normativa posterior en: Como
resumen general se puede decir que el reparto de horarios, turnos, asignaturas y
grupos se hará de la forma que se establezca de "común acuerdo" entre el
profesorado de un departamento, y si no hay acuerdo, entonces se ha de seguir un
procedimiento estricto, en el cual tiene derecho a participar todo el
profesorado del departamento.
Si en tu
centro, tu horario se te ha asignado vulnerando las normas arriba citadas, y
deseas impugnar ese acto, desde el SIDI, como afiliado, te ofrecemos
la posibilidad de impugnarlo en tu nombre. Para ello es necesario
que te pongas en contacto con nosotros, a la mayor brevedad posible por el medio
de consideres más oportuno (teléfono, email, etc).
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