A.A. / EDUCACION
NOTA DE PRENSA
I.- El Sindicato Independiente de Docentes (SIDI)
denuncia el trasvase de opositores que se
está realizando desde las Comunidades Autónomas que tienen una segunda
lengua oficial al resto de comunidades limítrofes monolingüísticas, lo que
supone un evidente perjuicio para los opositores de éstas últimas
.
En las oposiciones a cuerpos docentes a realizar en junio y julio de 2008 llaman
la atención los siguientes datos:
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En las CCAA que tiene una segunda
lengua oficial el número de opositores ha bajado con respecto a otros años (por
ejemplo en la Comunidad Valenciana opositan 18.469 opositores, es decir, 1.200
menos que en las pasadas oposiciones, cuando su población cuadruplica a la de la
Región de Murcia) mientras que en las comunidades que no tienen segunda lengua
oficial el número de opositores ha aumentado.
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Lo anteriormente dicho conlleva que la
ratio opositores-plaza, sea un 60% mayor en CCAA sin lengua propia (por ejemplo
en Murcia la ratio es de 11,39 opositores por plaza al inscribirse 13.103
opositores para 1.150 plazas, mientras en Valencia la ratio es de 7,15
opositores por plaza al inscribirse 18.469 opositores para 2.581 plazas).
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Así pues, Murcia, recibe 2.181
opositores de la Comunidad Valenciana para las próximas oposiciones(17% del
total de opositores), mientras el número de opositores de Murcia que se
presentan en Valencia no llega a 150 personas, es decir, el 0,8% del total de
opositores que se presentan en la Comunidad Valenciana.(lo que significa que si
estos opositores se presentaran en su C.A. y no en ésta, la ratio
opositores-plaza sería similar)
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La causa principal de este trasvase de
opositores radica en la exigencia de superar las pruebas de conocimiento de la
lengua autóctona de cada comunidad autónoma, si bien una gran parte de estos
opositores no tiene un nivel suficiente de conocimiento de su lengua autóctona y
por ende le resulta imposible aprobar la oposición, al exigírsele su
conocimiento con carácter previo a obtener la plaza de funcionario a diferencia
de lo que ocurría hace años en los que se permitía acreditar su conocimiento en
un periodo de tiempo después de obtener la plaza.
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Todo ello supone un privilegio para
gran parte de los opositores de las CCAA con lengua autóctona, que pueden
presentarse en la C.A. que deseen, en detrimento y perjuicio de los opositores
del resto de CCAA que no pueden presentarse en esas CCAA.
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El responsable de todo esto no son los
opositores que se ven obligados a emigrar sino las Administraciones que con sus
actuaciones obligan a sus propios ciudadanos a emigrar para poder acceder a la
condición de funcionario docente, siendo la lengua un factor excluyente en vez
de ser un factor integrador, asumiendo la carga de esa exclusión las comunidades
limítrofes.
II.- Asimismo, denunciamos que es INADMISIBLE QUE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
MALGASTE EL DINERO PÚBLICO para la creación de nuevos colegios
privados-concertados cuando el propio Consejero de Educación manifiesta que hay
más de 16.000 plazas vacantes y sin cubrir en los Colegios Públicos de la
Región, y máxime cuando cada plaza le cuesta a la Administración unos 5.000
euros. Se están autorizando la creación de centros privados-concertados
(sostenidos con fondos públicos) en municipios y barrios en los que existen
colegios públicos con plazas vacantes, lo que además supone que disminuya, aún
más, el número de alumnos de esos centros públicos.
III.- Por
último "EL SIDI MUESTRA SU RECHAZO A QUE LA PRUEBA ESCRITA DE LA PARTE A DE LAS
OPOSICIONES SE REALICE EN DOMINGO".
La Constitución
Española establece que estamos en un Estado aconfesional, pese a ello la
Consejería de Educación consiente y ampara que una minoría, de una religión
minoritaria, se imponga al Derecho a no trabajar en día festivo de los
funcionarios de carrera que forman parte de los Tribunales, a los conserjes de
los centros donde se realizarán las pruebas y a más de 13.000 opositores. Y a
vulnerar el derecho a la conciliación de la vida familiar de los más de 1000
miembros de tribunales y personal auxilia que deberán trabajar en Domingo, pese
a que el la mayoría de casos es el único día que tienen para compartir con sus
familias.
Recordamos que
incluso en el ámbito laboral el art. 37,1. del Estatuto de los Trabajadores
establece: "Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, de
día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del
sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo."
Fruto de lo
anterior podemos hacernos múltiples preguntas:
Si alguno de
nosotros nos convertimos a una religión en la que se establezca que no se
trabaja los jueves y viernes ¿la Consejería nos va a amparar y nos va a permitir
no hacerlo?
¿Y a la religión
mayoritaria de este país quién la ampara? |