ACLARACIÓN EN EL
CASO DE DESISTIR Y QUERER PARTICIPAR EN LAS COMISIONES DE SERVICIO.
Recuerda que si desistes es como si NO hubieses participado
En el caso de
las comisiones de servicio del tipo 3 B) y 3 C)
establecidas en la presente orden, será necesario haber participado
en el concurso de traslados en el ámbito de la Región de Murcia
para el mismo curso escolar para el que se solicita la comisión de
servicios sin conseguir destino o haber obtenido el primer destino
definitivo, o bien no haber podido participar en el mismo por las
causas legalmente establecidas. Con carácter extraordinario este
requisito podrá excepcionarse en el caso de situaciones sobrevenidas
y fehacientemente acreditadas (enfermedad, motivos de índole
social).
3.B.- Por motivos
graves de salud.
3.B.1.- Por
motivos de salud propios.
3.B.2.- Por
motivos de salud de cónyuge ( o persona con análoga relación de
afectividad) o hijos.
3.C.- Por causas
sociales y de cuidado de hijos menores de 12 años.
3.C.1.- Por
cuidado de hijo menor de doce años.
3.C.2.- Por
motivos de carácter social.