RESOLUCIÓN
ENS/1814/2016, de 18 de julio, de convocatoria de concurso oposición
para el ingreso y acceso a la función pública docente.
Plazo de
presentación de la solicitud: del 5 al 24 de octubre de 2016.
Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria. Total 138
501 Administración
de empresas 12
502 Análisis y
química industrial 5
503 Asesoría y
procesos de imagen personal 5
505 Formación y
orientación laboral 19
506 Hostelería y
turismo 8
507 Informática 30
508 Intervención
socio-comunitaria 20
510 Organización y
gestión comercial8
511 Organización. y
procesos de mantenimiento de vehículos 4
512 Organización. y
proyectos de fabricación mecánica 4
516 Procesos de
industria alimenticia 5
517 Procesos
diagnósticos clínicos y productos ortoprotésicos 8
518
Procesos sanitarios 10
Cuerpo
de profesores técnicos de formación profesional. Total 162
601
Cocina y pastelería
12
603
Estética
6
609
Mantenimiento de vehículos
15
611
Mecanización y mantenimiento de máquinas 9
618
Peluquería 6
619
Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico
10
620
Procedimientos sanitarios y asistenciales
37
621
Procesos comerciales
7
625
Servicios a la comunidad
27
626
Servicios de restauración 5
627
Sistemas y aplicaciones informáticas 28
3.2.4 Exentos de la prueba oral y escrita de la lengua catalana. Los aspirantes que posean alguno de los requisitos para quedar exentos de la prueba oral y escrita de la lengua catalana a que se hace referencia en la base 6.3 tienen que indicar en el apartado correspondiente de la solicitud la denominación del documento acreditativo correspondiente, para poder quedar exentos de la realización de esta prueba. Al hacer la presentación telemática de la solicitud, el Departamento de Enseñanza comprueba en su registro informático si consta la acreditación de estar exento de la prueba de lengua catalana. Entre la información que consta en el registro informático del Departamento de Enseñanza hay los aspirantes que en convocatorias anteriores de pruebas para la provisión de plazas de funcionarios docentes realizadas en Cataluña a partir del año 1991 estuvieron exentos o aptos de esta prueba. Si en el registro informático del Departamento de Enseñanza no consta la acreditación de estar exento de la prueba de la lengua catalana, el aspirante, dentro del plazo de presentación de solicitudes puede presentar el documento acreditativo en el Consorcio de Educación de Barcelona, en la Oficina de Atención al Ciudadano de Gerona o en el servicio territorial donde desea hacer las pruebas, de manera presencial o a través de correo certificado, en ambos casos indicando los datos identificativos y la fecha de tramitación telemática de su solicitud Los aspirantes a los que no conste esta acreditación en el registro informático del Departamento de Enseñanza y que no presenten ninguna documentación acreditativa no pueden ser declarados exentos y, en consecuencia, tienen que realizar la prueba previa de acreditación del conocimiento de la lengua catalana, de acuerdo con lo que establece la base 6.3. |