Acuerdo sobre los términos de la oferta de empleo de profesores de Secundaria, de FP y de escuelas de Arte, Idiomas y Música.
La Consejería de Educación, Ciencia e Investigación, junto con las
organizaciones sindicales ANPE, STERM, CCOO, SIDI Y FETE-UGT, llegó hoy a los
siguientes acuerdos respecto del proceso selectivo de ingreso y acceso a los
cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas
oficiales de idiomas, profesores técnicos de formación profesional, profesores
de música y artes escénicas y profesores de artes plásticas y diseño.
En este acuerdo se recoge la posibilidad de que los aspirantes interinos
sustituyan uno de los ejercicios de la prueba por un informe sobre el
conocimiento del aspirante acerca de la unidad didáctica desarrollada en la
práctica docente, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- a) Ser funcionario interino de los cuerpos de Profesores de Enseñanza
Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos
de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Música y Artes
Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño
- b) Estar en servicio activo en el curso 2007-2008.
- c) Acreditar durante el presente curso escolar un tiempo mínimo de servicio
docente igual a los transcurridos desde el 15 de octubre de 2007 hasta la
publicación de la Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
- d) Solicitarlo voluntariamente.
Como novedad, en esta convocatoria, los aspirantes interinos podrán conocer
previamente la nota obtenida en su informe, para tener la opción de usarla o
bien defender la unidad didáctica.
Para la elaboración del informe se constituirán comisiones de evaluación en
los centros educativos para la evaluación de los profesores interinos que
estén impartiendo docencia.
Y para aquellos aspirantes interinos que presten
sus servicios fuera de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia o no estén
trabajando en un centro educativo, se constituirá una comisión de evaluación
en la Consejería de Educación Ciencia e Investigación, designada directamente
por el Director General de Recursos Humanos.
Prueba práctica:
- En cuanto a la prueba práctica, de las diferentes especialidades se establece
que en esta convocatoria el Cuerpo de Profesores de Enseñanza, sólo lo
realizarán en las especialidades de Dibujo y Música.
- Para el cuerpo de
Profesores de Enseñanza Secundaria de las especialidades propias de la
formación profesional, lo realizarán en todas las especialidades excepto
Formación y Orientación Laboral.
- Los aspirantes al cuerpo de Profesores
Técnicos de Formación Profesional, todas las especialidades excepto Servicios
a la Comunidad.
- Por el contrario los aspirantes al cuerpo de Profesores de Música y Artes
Escénicas, realizarán estas pruebas en todas las especialidades, en el cuerpo
de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, en todas las especialidades
excepto: Historia del Arte y Organización Industrial y Legislación y en
ninguna de las especialidades en el caso del cuerpo de Profesores de Escuelas
Oficiales de Idioma.
Los temarios de estas oposiciones, para las distintas especialidades que se
convoquen será los actualmente vigentes establecidos en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En cuanto a los currículos de aplicación
para la elaboración de la programación y unidades didácticas:
- En el caso de
educación secundaria obligatoria: se aplicaría el Decreto 291/2007, de 14 de
septiembre.
- En Bachillerato el decreto 113/2002, de 13 de septiembre.
- En
Formación Profesional y enseñanzas de Régimen Especial se aplicará la
normativa vigente en el presente curso en la Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia.
Entre los acuerdos tomados hoy está la oferta de licencias por estudios para
el curso 2008/2009 por el que se acuerda una oferta de 70 licencias, 15 de
carácter anual, 40 cuatrimestral y 15 licencias trimestrales. Esta oferta
supone un crecimiento del 20% más de licencias por estudios que en la
convocatoria anterior.
Y, por último, en cuanto a los profesores que desarrollan los programas
bilingües en los Centros de Secundaria se aprueba la aplicación de la orden de
redistribución de efectivos dirigido al profesorado con destino definitivo en
dichos centros, para así garantizar las mejores condiciones posibles y con las
máximas garantías de estabilidad del profesorado en los centros. |