Reproducimos instrucción de la Dirección General de Personal:
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De conformidad
con la base sexta de la Orden de 4 de Abril de 2007, por la
que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y
adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Maestros, (BORM del 14), la
exención de participación en los tribunales sólo será efectiva mediante la
concesión de la licencia por enfermedad o por estar en posesión del
correspondiente "certificado de exención" expedido por la Inspección médica
según modelo anexo V de la citada Orden.
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La propuesta de baja por enfermedad ocasional,
expedida por cualquier facultativo, no exime de la obligación de participar en
los tribunales. El funcionario afectado por dicha situación comunicará de
inmediato tal hecho al presidente del tribunal que corresponda, mediante fax,
indicando su disponibilidad a constituirse y participar en el tribunal.
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En el supuesto de ausencia por enfermedad grave o
de larga duración, deberá - obligatoriamente e inexcusablemente - enviar
mediante fax o por medio de representación, certificación de la exención
expedida por la Unidad de Inspección médica de esta Consejería según el modelo
anexo V de la citada Orden de convocatoria.
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En ningún caso, los presidentes de los tribunales
admitirán propuestas de partes de baja médica que no vayan acompañadas por el
modelo anexo V, considerando en derecho como
injustificada la inasistencia del miembro del tribunal al acto de
constitución.
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El plazo para
solicitar el "certificado de exención" expedido por la Inspección médica de esta
Consejería será hasta el 15 de mayo de 2007.
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A partir del día 21 de mayo de 2007,
la Inspección Médica de esta Consejería resolverá todas las
solicitudes, fecha en la que el interesado podrá recoger la resolución de su
petición.
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