Sindicato Independiente de Docentes
NOTA DE PRENSA
El SIDI DENUNCIA:
- Que la "Orden de la
Consejería de Educación de fecha 31-7-08, por la que se adoptan las medidas
para el mantenimiento del empleo en el sector de la enseñanza concertada" no se
aplique a los docentes interinos de los centros Públicos.
Justificación: Nos
parece totalmente injusto que a los docentes de empresas privadas, como son los
centros concertados, la indemnización por despido basado en falta de horario,
se la abone la Consejería de Educación con dinero público, y máxime cuando esos
docentes no han accedido por un procedimiento ni selectivo ni de concurso
público de méritos y si por libre designación, y por el contrario a los interinos de centros públicos que se
quedan sin trabajo no se les entregue, cuando menos, la misma indemnización que
a los anteriores.
Como es notorio, hay interinos
que tras años y años dando clase (en algunos casos más de 15 años) pierden su
puesto de trabajo por falta de horario que cubrir y se van al desempleo sin
ninguna indemnización, mientras los docentes e la privada se llevan unas
suculentas indemnizaciones abonadas con dinero público, pese a pertenecer a
empresas privadas, y eso es "una vergüenza moral y legal". Los empresarios
titulares de estos Centros no sólo obtienen suculentos beneficios cuando se les
concede el concierto sino que además la Administración se permite abonarles los
gastos por reducir su plantilla.¿Qué prerrogativa tienen estas empresas, que no
tienen el resto de empresas privadas del país?
No vamos a entrar en si se les
debe entregar dicha indemnización a los docentes de la privada, ya que como
sindicato de la escuela pública no nos compete, ero si nos importa y mucho que
no se discrimine a los docentes de la Escuela Pública.
Murcia a 9
de septiembre de 2008 Fdo. Luis Prieto Martín
Portavoz del SIDI |