01/08/17 Resultados DEFINITIVOS del Acto de Adjudicación telemático de Secundaria del 01 de agosto de 2017 - Vacantes Anuladas.
01/08/17
Resultados DEFINITIVOS del Acto de Adjudicación telemático de
Secundaria del 01 de agosto de 2017 - Listado de Adjudicatarios que
Optan.
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Resultados DEFINITIVOS del Acto de Adjudicación telemático de
Secundaria del 01 de agosto de 2017 - Listado de Adjudicatarios con
plaza.
12.1 Fecha de incorporación del profesorado. El profesorado que ostente la condición de funcionario de carrera con destino en la Región de Murcia deberá estar presente en los centros en los que estuvieran destinados durante el curso 2016-2017 el día 1 de septiembre de 2017 fecha en la que estos inician su actividad, a fin de participar en la evaluación de alumnos y en las tareas de organización del curso. De haber obtenido otro destino por cualquier circunstancia se incorporarán al nuevo inmediatamente después de haber concluido las tareas mencionadas en el de origen y en todo caso no más tarde del 7 de septiembre de 2017, salvo que exista la necesidad de permanecer en el mismo para la resolución de las reclamaciones que pudieran haberse presentado, siendo su toma de posesión administrativa en el nuevo centro la de 1 de septiembre de 2017. La ausencia en estas tareas deberá ser reflejada en el parte de faltas de los centros donde debió personarse para realizarlas.
El profesorado interino, en virtud de nuevos nombramientos expedidos para el curso 2017-2018, se incorporará en la fecha que se determine por la Dirección General Planificación Educativa y Recursos Humanos, surtiendo efectos económicos dicha incorporación desde la fecha de toma de posesión serán convocados inexcusablemente, por los directores de los centros, a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente que se realicen en el centro, así como al primer claustro del curso 2017-2018 en el que se proceda a la elección de turnos, cursos, grupos y materias. Asimismo, deberán concluir, en su caso, las tareas de evaluación del alumnado en el centro de destino del curso 2016-2017 incorporándose con la mayor brevedad posible al nuevo centro que les ha sido asignado para el curso 2017-2018, y en todo caso no más tarde del día 7 de septiembre de 2017, salvo que exista la necesidad de permanecer en el mismo para la resolución de las reclamaciones que pudieran haberse presentado. El profesorado con destino en aulas unitarias dedicará, en caso de cese, un día de la primera semana de septiembre a coordinarse con el profesor que le sucede en el puesto, siendo igualmente aplicable al profesorado interino que mantenga su nombramiento. La ausencia de estas tareas deberá ser reflejada en el parte de faltas de los centros donde debió personarse para realizarlas. Con objeto de que el profesorado de esta Comunidad Autónoma pueda compaginar las labores de evaluación finales en el centro en que han desempeñado sus funciones durante el curso 2016-2017 y puedan asistir al primer claustro en su nuevo destino, los centros educativos que no impartan educación infantil y primaria deberán realizar preferentemente ese primer claustro no antes del día 8 de septiembre de 2017. No obstante, si optan por realizarlo antes de tal fecha lo harán el día 5 de septiembre por la tarde, periodo en el que ningún centro podrá fijar actividades que exijan la presencia del profesorado que ha de acudir a los claustros convocados en sus nuevos destinos. No obstante lo anterior, y dada la peculiaridad de las enseñanzas de régimen especial, la fecha tope de incorporación del 8 de septiembre, para el profesorado que imparte enseñanzas de régimen especial, se podrá retrasar hasta que finalicen las tareas de evaluación del alumnado.
INFORMACIÓN DE INTERES Aquellos interinos que obtengan destino y no hayan demostrado la titulación exigida, deberán comunicarlo inmediatamente al buzón de correo electrónico: spd_secundaria@murciaeduca.es adjuntando la documentación que a continuación se detalla y de cuya autenticidad serán personalmente responsables: • Fotocopia del título académico. • Fotocopia del Título de Especialización Didáctica o del Certificado de Aptitud Pedagógica o Master habilitante de Secundaria, en su caso. • Para aquellos que trabajen por primera vez, carpetilla de recogida de datos que contienen los documentos necesarios para el futuro nombramiento, a efectos de su nombramiento e inclusión en nómina, que podrá descargarse desde la misma ubicación que la convocatoria de este acto de adjudicación. • Requisito de titulación para los Profesores Técnicos de F.P., en relación con la acreditación de la formación pedagógica didáctica, se estará a lo dispuesto en la Resolución de 27 de junio de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos y Calidad Educativa, por la que se dictan instrucciones en relación con la acreditación de la Formación Pedagógica y Didáctica contemplada en el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, para el profesorado interino del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional. Aquellas personas que no aporten la documentación anteriormente citada, o bien, que de la revisión de la misma se compruebe la carencia de algunos de los requisitos necesarios para el desempeño del puesto de trabajo, decaerá en su derecho a la plaza adjudicada y no le será expedido el correspondiente nombramiento, sin que pueda invocarse posteriormente ningún tipo de reconocimiento económico o administrativo.
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