4. Los criterios para ordenar la lista de espera serán los siguientes:
a. Aparecerán en primer lugar todos aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición del último proceso selectivo o de los dos inmediatamente anteriores (solo en 2015), convocados en la Región de Murcia, ordenados por el resultado que se obtenga al sumar, a la mayor nota de esas fases de oposición, lo siguiente:
i. La valoración de la experiencia docente, a razón de 0,4 puntos por año trabajado.
ii. Un punto por cada ocasión que el aspirante haya superado la fase de oposición de los procesos selectivos celebrados en la Región de Murcia desde el año 2000.
b. A continuación se incorporará el resto de aspirantes, ordenados por el resultado que se obtenga al sumar la nota de la fase de oposición del último proceso selectivo, convocado en la Región de Murcia, y la valoración de la experiencia docente, a razón de 0,4 puntos por año trabajado. A estos efectos se utilizará el algoritmo que determina la nota de la fase de oposición, con independencia del número de pruebas o partes no superadas.
¿PARA LA REBAREMACIÓN HASTA QUÉ DÍA CUENTAN LOS SERVICIOS PRESTADO?
Según Base 27 de la convocatoria de oposiciones:
Acreditación de la experiencia
docente
La experiencia docente a efectos
de la elaboración de las listas de interinos computará únicamente hasta el 11
de mayo de 2015 o hasta la fecha de publicación de las listas definitivas de
admitidos y excluidos al procedimiento
publicada
el 25 de mayo
, a las que se refiere la base 4.3 de
esta Orden, si fuera posterior a esta fecha.
La valoración de la experiencia
docente prestada en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
será incorporada de oficio por la D. G de Planificación Educativa y Recursos
Humanos.
La experiencia docente en otras
Administraciones educativas será aportada por los interesados justificándola
mediante la correspondiente hoja de servicios.
La experiencia docente prestada
en centros privados será aportada y justificada por los aspirantes según el
modelo anexo XXI.
¿QUÉ SIGNIFICA B1, B2, B3 Ó B4?
El anexo XX de la Convocatora de oposiciones establece los periodos de docencia y tipos que serán valorados así como los documentos justificativos.
![](../../../images/stories/documentos/opos/OPO2015/anexoxx.jpg)
- Aclaracíón ¿Por qué no me
cuentan notas aprobadas en
oposiciones anteriores pero de
otras especialidades? NO te cuentan porque la base 23 de la convocatoria de oposiciones establece que para elaborar listas de interinos se tendrán en cuenta notas de la MISMA ESPECIALIDAD.
- Aclaración ¿Me cuenta el punto
por oposición aprobada desde
2000 si me he presentado por
otra especialidad? El punto
cuenta aunque sea de otra
especialidad distinta siempre
que sea DEL MISMO CUERPO ambas
especialidades. Si tengo una oposición
de FP aprobada y ahora me
presento por secundaria no me
suman el punto. Si tengo una
oposición superada de FP y ahora
me presento a otra especialidad
de FP, sí me cuenta. Todo esto tambien viene aclarado en la base 23.