Instancias cobro trienios
interinos.
La ley 7/07 de 12
abril, (que entra en vigor el 14 de mayo de 2007) reconoce el derecho de los
funcionarios interinos a cobrar trienios, en función del tiempo trabajado como
funcionarios interinos en cualquier Administración, incluso con anterioridad a
esta ley. Por lo tanto para sumar el número de años trabajados, a efecto de
trienios, se computarán todos los periodos trabajados para cualquier
Administración Pública.
Para cobrar los
trienios, el interino deberá solicitarlo a la Administración,
mediante la instancia que adjuntamos junto con este escrito, u otra similar.
Una vez presentada
(se aconseja que se presente el 14 de mayo) la Administración está
obligada al pago de los trienios desde la fecha en la que se presente, si bien
tardarás en ver en tu nomina ese aumento, ya que la Administración
necesita un periodo para el calculo de la cantidad que te corresponde, pero la
primera vez que se proceda al abono de los trienios tendrán que pagarte desde
la fecha en que así lo solicitaste al presentar la instancia.
A continuación
adjuntamos dos modelos de instancia: La 1ª será la que tengas que utilizar si
solo has trabajado para la
Consejería de Educación de Murcia. La 2ª será la que tengas
que presentar si has trabajado para más de una Administración.(y en este caso
deberás de adjuntar a la instancia el certificado de servicios prestados en
otras Administraciones)
Descarga el modelo de instancia y colócalo en el tablón de anuncios de tu centro.
Descargarse instancia en formato PDF. |