Circular de 18 de febrero de 2008, de la dirección
general de ordenación académica, por la que se dan instrucciones sobre la
cumplimentación del historial académico a los centros que imparten educación
primaria y secundaria obligatoria en la región de Murcia
Según el artículo 15 de las Órdenes de 10 y 12 de
diciembre de 2007, por las que se regula, respectivamente, la evaluación en
Educación Primaria y Secundaria Obligatoria, el Historial Académico es el
documento oficial que refleja los resultados de la Enseñanza Básica y tiene
valor acreditativo de los estudios realizados. Asimismo, se establece que deberá
ser extendido en el impreso oficial específico emitido al efecto.
La Consejería de Educación, Ciencia e Investigación
ha gestionado la elaboración de un único modelo en el que deberán ser impresos
los Historiales académicos de todos los alumnos de las etapas de Primaria y
Secundaria Obligatoria. El modelo cumple con una serie de características que
garantizan su autenticidad. Su custodia corresponde al director del centro. El
número de hojas enviado a cada centro se ha calculado duplicando el número de
alumnos matriculados en sexto de Educación Primaria o cuarto de ESO. El
excedente, si lo hubiera, deberá ser reservado para el siguiente curso escolar.
Desde esta Dirección General se considera conveniente
dictar Instrucciones sobre la cumplimentación y manejo de los Historiales
Académicos:
1
Sólo se realizará la impresión en papel del Historial Académico cuando
el alumno haya finalizado la Educación Primaria o la Secundaria Obligatoria.
2
La impresión se hará por ambas caras en el soporte papel que la
Consejería de Educación, Ciencia e Investigación envía a los centros junto a
esta circular y en ningún otro. En el curso 2007-2008 el Historial Académico se
limitará a un folio.
3
El soporte papel es el mismo para los Historiales Académicos de Educación
Primaria y Secundaria Obligatoria.
4
En el presente curso escolar 2007-2008, en Educación Primaria, el
Historial Académico sólo se imprimirá para los alumnos que han cursado sexto y
han finalizado la etapa, y contendrá las calificaciones del tercer ciclo. Una
vez impreso, se le entregará al alumno junto con el Libro de Escolaridad de la
Enseñanza Básica. Asimismo, se enviará una copia del Historial Académico,
impreso en folio ordinario, al centro de Educación Secundaria donde el alumno
inicie la ESO, a petición de aquel, y se reflejará esta circunstancia en el
correspondiente expediente académico.
5. Asimismo, en
el presente curso escolar 2007-2008, en ESO, el Historial Académico sólo
recogerá las calificaciones correspondientes al citado curso y únicamente se
imprimirá para los alumnos que:
- Han cursado 4º
y finalizan la etapa.
- Han cursado y
finalizado un Programa de diversificación curricular.
Una vez impreso, se le entregará al alumno junto con el Libro de
Escolaridad de la Enseñanza Básica, y se reflejará esta circunstancia en el
correspondiente expediente académico.
6. En el caso de traslado de un alumno a otro centro de nuestra Comunidad o
de otra Comunidad Autónoma, durante el curso 20072008, antes de la
finalización del curso, no será preciso el envío del Historial Académico al
nuevo centro de destino, debiendo remitir únicamente el Informe personal por
traslado, establecido en el artículo 16 de las Órdenes de 10 y 12 de diciembre
de 2007 y el Libro de Escolaridad de la Enseñanza Básica debidamente cerrado.
Murcia, 18 de febrero de 2008
LA DIRECTORA GENERAL DE ORDENACIÓN ACADÉMICA
Para consultas sobre gestión y
envío: (968279769) Colegios Públicos (968279607) IES y Centros
concertados
Para asesoramiento sobre la
circular: (968279766) - (968279671)
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instrucción original en formato PDF. |