Un juez reconoce por primera vez el derecho de un funcionario a un permiso de paternidad de un mes

El Juzgado Contencioso Administrativo número 12 de Barcelona ha reconocido por primera vez el derecho de un funcionario a un permiso de paternidad de cuatro semanas.

Un trabajador de la Conselleria de Justicia de la Generalitat solicitó este permiso en febrero de 2004, un mes después de la entrada en vigor de la ley que dispone que la normativa de Función Pública debe establecer la introducción de un permiso de paternidad de cuatro semanas.

La Conselleria le negó la petición alegando que, como no se había articulado el despliegue normativo que debería regular este derecho, el trabajador no se podía acoger al mismo.

En su sentencia, el juez estimó parcialmente el recurso de UGT de Catalunya, representante legal del funcionario, y dictaminó que hubo falta de diligencia por parte de la Administración a la hora de articular el despliegue normativo correspondiente y que, por lo tanto, no se puede privar al trabajador del permiso de paternidad.

La única limitación que impone la sentencia, explicó el sindicato, es que el trabajador sólo puede disponer del permiso de paternidad durante las cuatro semanas posteriores al día después del nacimiento de su hijo o hija.

UGT de Catalunya destacó que esta sentencia "crea un precedente" para los trabajadores interinos y los funcionarios de la Generalitat, las administraciones locales, las universidades o el Consell Consultiu, mientras que para el personal laboral dependerá de las disposiciones de sus convenios colectivos.

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