Resolución 9/3/15 MEC convoca plazas estancias ALEM., AUSTRI, BELG, FRANC, ITAL, R. UN, IRLA, SUIZA
  • Resolución de 9 de marzo de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas de estancias profesionales en Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Italia, el Reino Unido, la República de Irlanda y Suiza, para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, para el curso 2015/2016. BOE 14/04/2015
  • CONVOCATORIA PARA FUNCIONARIOS DE CARRERA QUE ACREDITEN UN NIVEL B2:
  • Plazo de presentación de solicitudes: Del 15 de abril de 2015 al 04 de mayo de 2015.
  • 4. Requisitos de los candidatos
    Los/as docentes interesados/as en participar en esta convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:
    4.1 Ser funcionario/a de carrera del cuerpo de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
    4.2 Estar impartiendo docencia de lengua extranjera o de una disciplina no lingüística en alguna lengua extranjera, en el momento de presentar la solicitud de participación en esta convocatoria.
    4.3 Acreditar, al menos, un nivel de competencia lingüística equivalente al nivel B2 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) del/de los idioma/s oficial/es de cada uno de los países elegidos para realizar la estancia, según el anexo I.
    4.4 No haber disfrutado de una ayuda para la realización de una estancia profesional en las dos últimas convocatorias de este programa.
    4.5 Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
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