ACTUALIZADO: Procedimiento devolución 44 días paga extra diciembre 2012.
  • Resolución de 10 de febrero de 2015, de la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 6 de febrero de 2015, sobre medidas necesarias para la recuperación de los importes efectivamente dejados de percibir correspondientes a los primeros 44 días de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012.
  • NÓMINA DE MARZO
  • Se paga de oficio, y en el caso de no tener nómina realizarán el ingreso en la cuenta bancaria que conste en la Consejería de Educación como última. (si la tenéis que modificar hacedlo cuanto antes).
  • Los herederos de fallecidos habrán de solicitarlo por escrito. En el tema de jubilados, la Consejería tratará de contactar con los interesados para contrastar los datos bancarios, si bien estamos a la espera que la Consejería de Educación nos aclare lo que sucede con el personal jubilado. Pero en ningún caso, salvo personal fallecido hay que presentar solicitud alguna.


  • Nota informativa 24/02/2015: Dado el tiempo transcurrido en la mayoría de los casos desde el cese como personal activo es preciso garantizar que dicho abono se realiza en la cuenta bancaria correcta, para ello  todo  el  personal  afectado  debe  actualizar  sus  datos  bancarios  en  el  Portal  Educativo Educarm.






En la reunión mantenida hoy 24/02/2015, por el SIDI con el Servicio de Personal Docente nos informan:

1.- Los interinos que trabajaron en junio y prorrogaron en julio de 2012, ya recibieron los 44 días de paga extra en el concepto "LIQUIDACIÓN". (Lo podéis comprobar en las nóminas de junio y julio de 2012).

2.- Los jubilados antes  31/08/2012 también cobraron la liquidación.

3.- Los docentes que se hayan jubilado entre el 1/09/2012 y el 1/03/2015, deben entrar en EDUCARM con su usuario y contraseña, y en datos personales, comprobar que la cuenta bancaria es la correcta. DEBE CONTENER dicha cuenta IBAN con los 24 caracteres, las antiguas cuentas bancarias de 20 dígitos podrían presentar problemas para el pago. Si hubiese que modificar la cuenta se hace ahí mismo, modificando los nuevos datos y enviando los cambios desde EDUCARM. Por tanto no es necesario aportar otra documentación.

4.- Los herederos de fallecidos deben solicitar por escrito el cobro y deben hacerlo acompañando la instancia junto con una declaración de herederos donde se demuestra quiénes tienen derecho al cobro, asimismo deben facilitar un número de cuenta bancaria (IBAN) para recibir las cantidades.

5.- Otros casos. Quienes actualmente no tengan relación administratva con la Consejería pero sí en 2012, (por ejemplo en funcionarios de Murcia que por concurso estén en otra comunidad autónoma, o destinados en puestos en el Exterior) deben solicitar por escrito (expone/soliicta) el cobro, indicando que en aquel periodo dependían de la Consejería de Educación de Murcia.


6.- El resto de docentes que actualmente están en activo y que tienen nómina mensual, no tienen que solicitar ni gestionar nada. Cobrarán en su nómina las cantidades correspondientes que oscilarán entre 500 y 600 euros en función del cuerpo y de la situación personal (antigüedad...).





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