EL SIDI gana nueva sentencia sobre pago de sexenios y contra un alumno por atentado a la autoridad
El SIDI consigue una nueva sentencia sobre el pago de sexenios a interinos, y una sentencia contra un alumno de 14 años por atentado a la autoridad contra su profesor.

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EL SIDI CONSIGUE UNA NUEVA SENTENCIA SOBRE EL PAGO DE SEXENIOS A INTERINOS, Y UNA SENTENCIA CONTRA UN ALUMNO DE 14 AÑOS POR ATENTADO A LA AUTORIDAD CONTRA SU PROFESOR.

I.- SENTENCIA SOBRE SEXENIOS - EL SIDI fue el primer sindicato de la Región en conseguir hace un año, que el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, obligara a la Administración educativa  a  abonar  los  sexenios  a  los  interinos.  Fruto  de  esta  sentencia  la  Consejería Educación  empezó  este  mes  de  octubre  a  abonar  los  sexenios  a  todos  los  docentes interinos.
En el día de hoy se nos ha notificado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº4 de Murcia que obliga a abonar los sexenios con carácter retroactivo, para los demandantes, desde febrero de 2008, tal y como pedía el SIDI en su demanda. Además, en concordancia con el criterio expuesto por el SIDI en la demanda, en la que se expone  la actuación temeraria  y  contraria a derecho  de  la  administración,  el  magistrado condena  a  la  administración  al  pago  de todas las  costas  procesales.  Por  este  motivo emplazamos  a  la  administración  a  que cumpla  la ley  sin  necesidad  de  esperar  a  que  le obliguen los Tribunales a cumplirla, y así evitarse el pago de costas que se pagan con el impuesto de todos los ciudadanos.

II.- SENTENCIA SOBRE ATENTADO A LA AUTORIDAD: El SIDI también fue el primer sindicato de la  Región  en  conseguir  que  la  agresión  de  un  alumno  a  un  profesor  se  considerara atentado a la autoridad pública. Asimismo en  el día de hoy se nos ha notificado la sentencia del juzgado de Menores de Murcia en el que se condena, nuevamente, por un delito de atentado a la autoridad a un alumno de 14 años por pegar una patada a un profesor a las afueras del Centro Educativo. Se  le  impone  la  pena  de  la  obligación  de  asistir  durante  4  meses  a actividades  socio-culturales especiales, con obligación de asistir a cursos de control de impulsos y de solución de conflictos  y una indemnización de 400 euros a favor del docente. 

 



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