La asociación de profesores interinos de Galicia pide que se apruebe el plan de estabilidad.


La asociación de profesores interinos de Galicia pide que se apruebe el plan de estabilidad.

 
El documento lo acepta la mayoría de los sindicatos y contempla seis años de empleo

El colectivo de profesores interinos afectados confía en que el bipartito gallego cumpla las promesas electorales hechas a los docentes interinos.


La asociación de profesorado no numerario de Galicia insistirá reclama una entrevista con la conselleira de Educación, Laura Sánchez Piñón, para dialogar sobre el acuerdo de estabilidad pactado y aceptado por los sindicatos UGT, CIG y STEG.

El documento, valorado ayer en una asamblea de profesores interinos celebrada en el instituto Politécnico de Conxo, contempla como puntos principales:

  • Que se les garantice empleo durante seis años;
  • Que en ese tiempo se puedan beneficiar de derechos como los permisos, antigüedad y acceso al fondo social al igual que el personal docente funcionario de carrera.
  • Impulsar un reglamento de acceso que tenga en cuenta la experiencia profesional en el acceso al funcionariado de carrera.
     

Ramón Rodríguez, portavoz de los profesores interinos, señala que también pretenden que la Ley Orgánica de Educación que ahora negocian las Cortes, tenga en cuenta este acuerdo, que está en la línea de otros ya vigentes en algunas comunidades autónomas. Ramón Rodríguez insiste en que aún hay precariedad y pretenden superarla con el acuerdo.

«Queremos que o PSdeG-PSOE e o BNG fagan realidade as promesas electorais e que finalice a precariedade no emprego docente», afirma Rodríguez en entrevista a La Voz de Galicia.



La asociación de interinos acordó ayer celebrar una nueva reunión dentro de dos semanas, también en Santiago, para hacer un seguimiento de las negociaciones con la Administración educativa autonómica.

Esta asociación  está pendiente de la resolución de varios recursos que ha presentado contra la anterior Xunta, por considerar que cometió irregularidades que les perjudicaron.

Respecto al actual gobierno autonómico, critican que se haya iniciado el curso en algunos centros con falta de profesorado, mientras hay interinos pendientes de un empleo. 

 

Ver artículo original publicado en la edición digital de La Voz de Galicia.


 

Puedes consultar la propuesta de acuerdo de estabilidad para el profesorado interino gallego.

Esta propuesta fue presentada al anterior gobierno gallego del Partido Popular junto con 6.000 firmas de apoyo.

Los sindicato firmantes los volverán a presentar al actual gobierno bipartito, pidiéndoles de cumplan sus promesas electorales con los docentes interinos, ya que su voto podría haber resultado crucial e el cambio producido a raíz de las últimas elecciones autonómicas.

 

Puedes consultar el texto original del preacuerdo (en formato word), en la web de la Asociación de Profesores No Numerarios de Galicia.

 

A continuación mostramos el texto del preacuerdo traducido al castellano.

En caso de error en la traducción agradecemos a nuestros compañeros gallegos las propuestas de corrección.

 


 

Propuesta de acuerdo de estabilidad para el profesorado interino

PROPOSTA DE ACORDO DE ESTABILIDADE PARA O PROFESORADO INTERINO   

 

 

 

 

ACUERDO DE ESTABILIDAD PARA EL PROFESORADO INTERINO/SUBSTITUTO PROPUESTO POR LA CIG-ENSEÑANZA, FETE-UGT,STEG Y LA ASOCIACIÓN DEL PROFESORADO NO NUMERARIO DE GALICIA, PARA LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA.

 

 

 

PROFESORADO INTERINO/SUBSTITUTO

 

 

La consejería de Educación y Ordenación Universitaria y las organizaciones firmantes acuerda el siguiente acuerdo para mejorar la condiciones de trabajo del profesorado interino y por lo tanto la calidad de la enseñanza pública no universitaria, respetando el acuerdo de 20 de Junio de 1995 para los aspectos allí contemplados y que no se recogen en este.

A Consellería de Educación e Ordenación Universitaria e as organizacións asinantes acadan o seguinte acordo para mellorar as condicións de traballo do profesorado interino e polo tanto a calidade no ensino público non universitario, respectando o acordo do 20 de xuño de 1995 para os aspectos alí contemplados e que non se recollen neste

 

 

ESTABILIDAD EN EL PUESTO DE TRABAJO

 

 

 

1.- Con objeto de conseguir una estabilidad en el puesto de trabajo antes de acceder a la función pública docente, el profesorado interino o sustituto que con fecha de 1 de Octubre de 2006 tenga prestados servicios como mínimo de un año a la administración pública gallega, tendrá garantizado un puesto de interino en los próximos 6 cursos ((2006-07, 2007-08, 2008-09, 2009-10, 2010-11, 2011-12), prorrogables automáticamente se no hay denuncia por las partes. A estos efectos, la Consejería de Educación les extenderá el nombramiento de profesorado interino al comienzo de cada curso.

Co  obxecto de acadar a estabilidade no posto de traballo até acceder á función pública docente, o profesorado interino ou substituto que con data do día 1 de Outubro de 2006 teña prestado servicios, como mínimo dun ano, á administración pública Galega, terá garantido un posto de interino nos proximos 6 cursos (2006-07, 2007-08, 2008-09, 2009-10, 2010-11, 2011-12), prorrogábeis automáticamente se non hai denuncia polas partes. A estes efectos, a Consellería de Educación estenderalles o nomeamento de profesorado interino ao comezo de cada curso.

 

 

2.- Queda dentro del ámbito de aplicación de lo establecido en el apartado anterior el profesorado que lo largo de estos cursos acumule un mínimo de un año de servicios.

Queda dentro do ámbito de aplicación do establecido no apartado anterior o profesorado que ao longo destes cursos acumule como mínimo un ano de servicios.

 

 

 

ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA  

 

3.- La Consejería de Educación y Ordenación Universitaria y las organizaciones firmantes de este acuerdo se comprometen a realizar y/o promover las modificaciones normativas necesarias en el sentido de posibilitar un acceso diferenciado para el profesorado con servicios prestados a la Administración Educativa. Para esto, solicitarán al Parlamento de Galicia que inste al Gobierno del Estado para que regule un sistema de acceso a la función pública docente que permita consolidar el puesto de trabajo del profesorado interino o sustituto.

A Consellería de Educación e Ordenación Universitaria e as organizacións asinantes deste acordo comprométense a realizar e/ou promover as modificacións normativas necesarias no sentido de posibilitar un acceso diferenciado para o profesorado con servizos prestados á Administración Educativa. Para isto, solicitaran ao Parlamento de Galicia que inste o Goberno do Estado para que regule un sistema de acceso a función pública docente que permita consolidar o posto de traballo do profesorado interino e sustituto.

 

 

 

4.- La Consejería de Educación y Ordenación Universitaria tenderá a disminuir la cantidad de profesorado interino a través de su acceso definitivo  a la condición de funcionario de carrera. Las partes firmantes de este acuerdo negociarán la oferta pública de empleo que garantice la estabilidad del profesorado interino, facilite el acceso a la condición de funcionarios/as de carrera y posibilite el incremento de los actuales cuadros de personal de los centros.

 

A Consellería de Educación e Ordenación Universitaria tenderá á diminución do profesorado interino a través do seu acceso definitivo á condición de funcionario de carreira. As partes asinantes deste acordo negociarán a oferta pública de emprego que garanta a estabilidade do profesorado interino, facilite o seu acceso á condición de funcionarios/as de carreira e posibilite o incremento dos actuais cadros de persoal dos centros.

 

5.- La Consejería de Educación y Ordenación Universitaria, promoverá la modificación de la actual legislación para posibilitar que el profesorado interino o sustituto que no tiene la titulación requerida para el acceso al funcionariado sea habilitado por experiencia docente.

 

A Consellería de Educación e Ordenación Universitaria promoverá a modificación da actual legislación para posibilitar que o profesorado interino ou substituto que non ten a titulación requerida para o acceso ao funcionariado sexa habilitado por experiencia docente.

 

 

 

DERECHOS Y CONDICIONES LABORALES DE LOS/LAS INTERINOS/AS Y SUSTITUTOS/AS

 

6.- El profesorado interino y substituto disfrutará de los mismos derechos laborales, administrativos, sociales y económicos que los funcionarios de carrera: Licencias por estudios, cursos de formación, pago inmediato del salario, derecho a percibir ayudas del fondo social para la adquisición de vivienda, derecho del profesorado sustituto a cobrar los meses de verano tras seis meses  trabajados en el curso, cobro de antiguedad (trienios, sexenios, etc)... y todos aquellos otros contemplados en la ley de la Función Pública de Galicia, la Estatal o en el Estatuto de los Trabajadores. El contrato de los/las sustittutos/as incluirá el periodo vacacional si el titular continúa de baja durante este tiempo.

 

O profesorado interino e substituto disfrutará dos mesmos dereitos laborais, administrativos, sociais e económicos que os funcionarios/as de carreira: licencias por Estudios; cursos de formación; pago inmediato do salario; dereito a percibir axudas do fondo social para adquisición de vivenda; dereito do profesorado substituto a cobrar os meses do verán tras seis meses traballados no curso; cobro de antiguedade (trienios e sexenios); etc…e todos aqueles outros contemplados na Ley da Función Pública  de Galicia, a Estatal e no Estatuto dos Traballadores. O contrato dos/as substitutos/as incluirá o período vacacional se o/a titular continúa de baixa durante este tempo.

 

7.- La consejería de Educación y Ordenación Universitaria se compromete a emprender las acciones necesarias encaminadas a modificar la legislación actual para que el profesorado interino tenga garantizado el derecho a percibir el cobro de los trienios y sexenios.

A Consellería de Educación e Ordenación Universitaria comprométese a emprender as accións necesarias encamiñadas a modificar a legislación actual para que o profesorado interino teña garantido o dereito a percibir o cobro dos trienios e sexenios.

 

 

8.- La Consejería de Educación y Ordenación Universitaria, se compromete a garantizar la estabilidad laboral hasta el momento de la jubilación del profesorado interino que tenga 8 años de servicios prestados en la Administración Educativa Gallega.

El profesorado que cumpla los 55 años de edad durante el periodo de vigencia del presente acuerdo será eximido del requisito de presentarse a los procedimientos selectivos que se convoquen.

 

A Consellería de Educación e Ordenación Universitaria comprométese a garantir a estabilidade laboral ata o momento da xubilación ao profesorado interino que acade 8 anos servicios prestados á Administración educativa Galega.

O profesorado que cumpla 55 anos de idade durante o periodo de vixencia deste acordo será eximido do requisito de participar nos procedementos de selección que se convoquen.

 

 

 

 

Santiago, 14 de Septiembre de 2005

 

 

 

 

 

 

 Firmado: CIG-ENSINO        FETE-UGT        STEG        Asociación Profesorado Non Numerario Galicia


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