El desamparo y explotación de los profesores no numerarios.

A sementeira de PNNs:



La normativa laboral vigente permite un tipo de contrato concreto y específico para casos urgentes e imprescindibles...Situaciones que conforme a la letra y espíritu de las leyes deben reducirse al mínimo tiempo imprescindible para atender a los imprevistos.

Se trata en Galicia de la figura del interino/a y sustituto/a, que la Xunta de Galicia, en vez de recurrir a ella para resolver situaciones puntuales, hace uso de ella de forma sistemática desde hace varias décadas para disponer de trabajadores en precario.

El uso inadecuado y permanente de esta modalidad de contratación llevó  a la Xunta de Galicia a gestionar la enseñanza pública con miles de Profesores/as No Numerarios (PNNs = Interinos/as y sustitutos/as)., con el objetivo de disponer de trabajadores sin reconocerles una relación laboral como empleados propios.

De esta forma somete a este amplio sector de docentes a una disponibilidad e inestabilidad absoluta, al margen de la normativa laboral vigente, conllevando un desamparo legal permanente junto con la consiguiente explotación laboral.

La Xunta de Galicia se permite el lujo de disponer alegremente de esos miles de docentes mientras le son de utilidad, y despedirlos, año tras año, en cuanto dejen de interesarle, sin preaviso  y sin la correspondiente indemnización, aprovechándose de la indefensión a que los tiene sometidos.

En esta situación  de permanente explotación laboral, la Xunta de Galicia, viene acumulando una deuda de muchos miles de millones con los afectados en concepto de despidos improcedentes y sin indemnización.

La vorágine de la Xunta de Galicia llega a extremos insospechados. A este sector de docentes no se les paga trienios ni sexenios, escatimándoseles aproximadamente un 20% del sueldo. Cuando hacen sustituciones, los despiden durante los periodos no lectivos, rompiendo así la necesaria continuidad de las relaciones académicas entre profesor y alumno, además de esclavizar a los afectados hasta el límite de incumplir la misma carta de derechos humanos que establece que todo trabajador tiene derecho a periodos vacacionales de descanso retribuidos.

 

El mismo Tribunal Superior de Justicia de Galicia, define a estos empleados de la propia Xunta como un..

“cuerpo de interinos, desconocido por las normas”.

El artículo original en gallego, ha sido publicado en el Sindicato de Interinos de la Enseñanza Gallega. (SIEG)

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