PLAZAS NO OBLIGATORIAS EN LOS ACTOS DE ADJUDICACIONES
De acuerdo con el acta de la reunión de la Comisión de Seguimiento del
Pacto de Interinos celebrada el 28 de octubre de 2010, se adoptan los siguientes
criterios de interpretación en cuanto a plazas no obligatorias:
1. Para todos los cuerpos docentes: itinerantes, parciales, escuela hogar,
aulas hospitalarias, aulas penitenciarias y centros de menores.
2. Para el Cuerpo de Maestros: compensatoria, aulas de acogida, adultos y
PCPI.
3. Para el resto de cuerpos: pianista acompañante y vacantes con afines
a partir del comienzo de las clases. Las plazas de apoyo y cultura clásica sólo
obligarán a los incluidos en las listas respectivas.

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