Empleados públicos que no son empleados públicos.

Es lo que ya nos faltaba. Primero tanto sindicatos como administración negando cuando quieren, la condición de funcionarios a los funcionarios interinos. Todos los funcionarios interinos, sobre todo en educación, habrán oído alguna vez eso de "es que tu no eres funcionario, eres interino, y por  por lo tanto .....", frase que curiosamente no se oye cuando se habla de establecerle obligaciones inherentes a su condición de funcionario interino.

Lo vemos cuando en las webs de los  sindicatos y la administración se habla de "funcionarios de carrera", para seguidamente cuando se refieren a los funcionarios interinos, se les descuelga la palabra funcionario, pero sin querer incluirle el nombre de "personal laboral" ni ninguno otro que le pudiera suponer algún  tipo de derecho. Se le ningunea enviándole al limbo de lo que no existe.

En esa forma de considerar a los interinos, tanto si son laborales como funcionarios, como algo extraño, como "gente que no son de la casa", nos llega la última lindeza, desde Melilla.

Se abre una nueva bolsa de trabajo, y después de algunos aspectos que se pueden considerar muy positivos, como que  "se introduce el concepto de «justicia social», puesto que ahora se baremará en un 80 por ciento la formación y la experiencia profesional, por encima de la situación personal. «Creemos que es justo que una persona que ha aprobado una oposición pero que no haya conseguido plaza, que la Administración le reconozca esa capacidad que ha demostrado ante un tribunal»."

Va el Sr. Consejero Marín y se despacha con que los que ocupen el puesto de trabajo temporal lo harán , «con el mismo salario, derechos y obligaciones que los empleados públicos».

¡Toma castaña! Si no son empleados públicos, ¿que son?  ¡Empleados privados!

Ver artículo publicado en el diariosur.es : La Ciudad cuenta por miles las solicitudes recibidas en la nueva bolsa de trabajo

 

Enlaces en los que podemos ver catalogaciones de este tipo:

  • Web de la Consejería de Murcia donde se habla de Personal Docente Funcionario y Personal Docente Interino.
  • Web del CPR  de Cartagena: Criterios de admisión a un curso, primero profesorado funcionario, luego el profesorado interino (suponemos que no los consideran funcionarios) junto con el profesorado de centros privados.
  • Web del CPRII de Murcia: Criterios de admisión para un curso...1º Funcionarios, 2º Interinos ( se ve que tampoco son funcionarios, nos preguntamos que serán entonces ), y luego el resto. Al menos tienen preferencia sobre el profesorado de los centros privados.
  • Contrastan las anteriores con el CPR de Cieza, en donde el proceso de selección, en caso de que se presenten mas solicitudes que plazas se hará por riguroso sorteo.
  • Lo mismo podemos ver en las webs de algunos sindicatos, gracias a Dios, no todos.
[ <-- ]
VOLVER