Los interinos tienen derecho a cobrar, incluso si luego su nombramiento se declara nulo.
El SIDI gana un recurso que obliga a la Consejería de Educación a abonar a una interina el salario integro por el tiempo que prestó servicios en un Colegio, asi como a pagarle los intereses legales, pese a que su nombramiento fue declarado nulo, y  se le denegó por escrito por el Director General de Recursos Humanos el abono del salario al considerar que al ser el nombramiento nulo no surtía ningún efecto.


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