Orden 10 Mayo 2006. Adjudicación de puestos provisionales al profesorado (Readjudicaciones, ...)
Orden de 10 de mayo de 2006, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se establece, para el curso 2006-2007, el procedimiento relativo a los actos de adjudicación de puestos provisionales del profesorado, conforme con lo previsto en el acuerdo de 25 de octubre 2005.

En Mesa Sectorial de 25 de octubre de 2005, la Consejería de Educación y Cultura y las organizaciones sindicales llegaron a un Acuerdo para procurar agilizar el sistema de adjudicación de plazas del profesorado, en el que básicamente se establecía lo siguiente:
I. Que los actos de adjudicación se realicen simultáneamente, constituyendo varios grupos de trabajo.
II. Que todos los profesores que hayan solicitado una plaza en el acto de adjudicación del mes de julio, puedan volver a solicitar plaza en los actos de adjudicación de septiembre, siempre que las mismas no hubiesen aparecido publicadas en la anterior convocatoria.


III. Las plazas que no se hayan cubierto por los procedimientos anteriores, se podrán solicitar por aquellos profesores que no hayan tenido hasta ese momento la posibilidad de obtener un nombramiento.

El principio de eficacia contenido en el art. 103.1.º de la Constitución Española subordina toda la actividad de la Administración Pública. 

Jurisprudencialmente, este principio ha servido para justificar normativamente la potestad de autoorganización de la Administración como cauce genérico de adecuación de sus servicios a las necesidades de los ciudadanos, razón primera y última de toda organización pública.

El principio de eficacia, desde un ámbito dogmático, ha sido considerado como un principio material de actuación que obliga a considerar los principios de organización como criterios instrumentales para la satisfacción de los intereses generales, y con una traducción más práctica, como la necesaria diligencia de la actividad pública. 

Desde esta posición, la eficacia inspira la indispensable diligencia que debe auspiciar la gestión de los intereses generales y en el respeto que se merecen los derechos constitucionales de los administrados.

De otro lado, la potestad autoorganizativa de la Administración Pública le atribuye la facultad de organizar los servicios en la forma que estime más conveniente para su mayor eficacia, a la que le compele el mandato contenido en el artículo 103.1 de la Constitución Española, sin trabas derivadas del mantenimiento de formas de organización que hayan podido mostrarse menos adecuadas para la satisfacción de ese mandato; potestad de autoorganización en la que es característica la discrecionalidad que domina su ejercicio que, ciertamente, no es confundible con la arbitrariedad.

Llegados a esta posición, principio de eficacia y organización administrativa convergen obligatoriamente en la consecuencia del fin esencial de toda Administración: su actuación eficaz, lo que hace necesario que por parte de esta Consejería se ordene el procedimiento a seguir para, respetando lo acordado entre las organizaciones sindicales y la Consejería de Educación y Cultura, garantizar el correcto desarrollo de los actos de adjudicación de julio y septiembre.

Para asegurar la adecuada prestación del servicio educativo en los centros públicos de la Región de Murcia que imparten enseñanzas escolares y en virtud de las atribuciones conferidas a esta Consejería por el Decreto 53/1999, de 2 de julio.
En su virtud,

Dispongo

Primero.- Objeto.
Es objeto de la presente Orden regular el procedimiento para que, preservando el derecho a la educación del alumnado, se garantice la aplicación del Acuerdo de 25 de octubre de 2005, relativo a los actos de adjudicación de puestos provisionales previos al inicio del curso escolar 2006-2007.

Segundo.-Simultaneidad de los actos de adjudicación.

En especialidades del cuerpo de maestros, al efectuarse la petición por orden de puntuación y por las especialidades que tienen los aspirantes, las peticiones presenciales se realizarán en un único acto.
En especialidades pertenecientes a cuerpos diferentes al de Maestros, podrán realizarse actos de adjudicación simultáneos, dividiéndose las especialidades hasta un máximo de tres bloques, de acuerdo con las siguientes especialidades:
a) Especialidades de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria que imparten materias del área de ciencias e ingeniería, profesores técnicos de formación profesional y profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño.
b) Especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria que imparten materias del área de humanidades y ciencias sociales, las correspondientes al cuerpo de profesores de escuelas oficiales de idiomas e Historia del Arte del cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño.
c) Especialidades correspondientes a los Cuerpos que imparten enseñanzas de régimen especial y Música del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
En anexo se indican las especialidades correspondientes a cada uno de los bloques anteriores.

El profesorado al que se le ha concedido la posibilidad de optar a un puesto en comisión de servicios por motivos humanitarios o causas sociales, podrá elegir puestos por todas aquellas especialidades o habilitaciones que posea, no pudiendo optar a puestos de la misma localidad, salvo casos excepcionales autorizados con anterioridad al acto de adjudicación por la Dirección General de Personal.

Asimismo, el profesorado interino que esté en más de una lista, elegirá destino conforme a lo previsto en el apartado III.3 del anexo de la Resolución de 8 de julio de 2002, de la Dirección General de Personal (BORM de 19 de julio) por la que se dictan las instrucciones que regulan los procedimientos de adjudicación del profesorado docente interino no universitario.

Tercero.- Procedimiento para confirmar destino elegido en el mes de julio.
Tras la finalización de cada uno de los actos de adjudicación del mes de julio, el profesorado que haya elegido destino a tiempo completo y desee optar en septiembre a otra nueva plaza a tiempo completo que pudiera ser de su interés y que no fue ofertada en los referidos actos de adjudicación, así como el profesorado dependiente orgánica y funcionalmente de esta Consejería al que se le ha concedido la posibilidad de elegir un puesto en comisión de servicios por razones humanitarias o causas sociales y que no haya elegido puesto, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para ejercer dicha opción mediante el oportuno escrito, conforme al modelo anexo II. Transcurrido ese plazo se entenderá que el aspirante renuncia a participar en los actos de adjudicación que puedan tener lugar en septiembre.

Cuarto.- Plazas objeto de nueva petición en septiembre.
Las nuevas plazas a las que podrán optar los interesados en septiembre, serán exclusivamente las plazas a tiempo completo que se oferten con anterioridad al inicio de las actividades lectivas del curso 2006-2007 y no sean consecuencia de nuevas matriculaciones de alumnado en los centros educativos.

Los funcionarios docentes que, habiendo efectuado petición de puesto completo provisional en el mes de julio vuelvan a optar por una nueva plaza durante los actos de readjudicación del mes de septiembre, previos al inicio de las actividades lectivas en los centros educativos, podrán ejercer esta opción una única vez, sin que en ningún caso puedan readjudicarse los puestos que los participantes puedan dejar libres como consecuencia de las nuevas elecciones.

Quinto.- Plazas de sustitución y otras situaciones.
Quedan excluidas de las nuevas peticiones de readjudicación las plazas de sustitución que se oferten durante el mes de septiembre. 
Sí podrán optar a las plazas que durante el intervalo que media entre los actos de adjudicación de julio y septiembre sean consecuencia de vacantes generadas por comisiones de servicio del titular, pase a situaciones especiales, etc.

Sexto.- Plazas como consecuencia de nuevas matriculaciones en ciclos formativos.
Dadas las peculiaridades de los ciclos formativos de grado superior en los que el período de finalización de matrícula es posterior al inicio de curso en los niveles de enseñanzas obligatorias y bachillerato, podrán optar a las nuevas plazas completas en los actos de readjudicación siempre que se oferten antes del inicio de las actividades lectivas en ese nivel educativo.

Séptimo.- Adjudicaciones indebidas.
Para preservar los derechos del alumnado a recibir una educación de calidad, con los del profesorado, una vez comenzadas las actividades lectivas, no se readjudicarán nuevas plazas, salvo que sean consecuencia de adjudicaciones indebidas o que, al ser las expectativas de matrícula inferiores a las inicialmente establecidas, el profesorado no disponga de horario suficiente en el centro que se le adjudicó inicialmente.

Octavo.- Ámbito temporal de aplicación.
La presente Orden tendrá validez, única y exclusivamente para el curso 2006-2007
Finalizados los procesos de adjudicación y readjudicación se constituirá una comisión de seguimiento que tras analizar el proceso efectuará las propuestas de mejora que estime oportunas, para que por el Consejero de Educación y Cultura se establezca el procedimiento a seguir en sucesivos cursos.

Noveno.- Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de conformidad con los artículos 10.1.b) y 46.1) de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El Consejero de Educación y Cultura, Juan Ramón Medina Precioso.


ANEXO I A Relación de puestos correspondientes a especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (0590) que imparten materias del Área de Ciencias e Ingeniería y Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (0595)

COD. TIPO DE PUESTO
006 MATEMÁTICAS 007 FÍSICA Y QUÍMICA 008 BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA 009 DIBUJO 019 TECNOLOGÍA 059 APOYO DEL ÁREA DE CIENCIAS O TECNOLOGÍA 061 ECONOMÍA 101 ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS 102 ANÁLISIS Y QUÍMICA INDUSTRIAL 103 ASESORÍA Y PROCESOS DE IMAGEN PERSONAL 104 CONSTRUCCIONES CIVILES Y EDIFICACIÓN 105 FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL 106 HOSTELERÍA Y TURISMO 107 INFORMÁTICA 108 INTERVENCIÓN SOCIOCOMUNITARIA 110 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN COMERCIAL 111 ORGANIZACIÓN Y PROCESOS DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS 112 ORGANIZACIÓN Y PROYECTOS DE FABRICACION MECÁNICA 113 ORGANIZACIÓN Y PROYECTOS DE SISTEMAS ENERGÉTICOS 114 PROCESOS DE CULTIVO ACUÍCOLA 115 PROCESOS DE PRODUCCIÓN AGRARIA 116 PROCESOS EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA 117 PROCESOS DIAGNÓSTICOS CLÍNICOS Y PRODUCTOS ORTOPROTÉSICOS 118 PROCESOS SANITARIOS 119 PROCESOS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN 120 PROCESOS Y PRODUCTOS DE TEXTIL, CONFECCIÓN Y PIEL 122 PROCESOS Y PRODUCTOS EN ARTES GRÁFICAS 123 PROCESOS Y PRODUCTOS EN MADERA Y MUEBLE 124 SISTEMAS ELECTRÓNICOS 125 SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMÁTICOS
PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (0595)
507 DIBUJO ARTÍSTICO Y COLOR 508 DIBUJO TÉCNICO 509 DISEÑO DE INTERIORES 511 DISEÑO DE PRODUCTO 512 DISEÑO GRÁFICO 515 FOTOGRAFÍA 520 MATERIALES Y TECNOLOGÍA: DISEÑO 521 MEDIOS AUDIOVISUALES 522 MEDIOS INFORMÁTICOS 523 ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL Y LEGISLACIÓN 525 VOLUMEN
PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
021 TALLER DE VIDRIO Y CERÁMICA 201 COCINA Y PASTELERÍA 202 EQUIPOS ELECTRÓNICOS 203 ESTÉTICA 204 FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE CARPINTERÍA Y MUEBLE 205 INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS TÉRMICOS Y DE FLUIDOS 206 INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS
COD. TIPO DE PUESTO
207 INSTALACIONES Y EQUIPOS DE CRÍA Y CULTIVO
208 LABORATORIO
209 MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS
211 MECANIZADO Y MANTENIMIENTO DE MÁQUINAS
212 OFICINA DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN
213 OFICINA DE PROYECTOS DE FABRICACIÓN MECÁNICA
214 OPERACIONES Y EQUIPOS DE ELABORACION DE PRODUCTOS ALIMENTARIOS
215 OPERACIONES DE PROCESOS
216 OPERACIONES Y EQUIPOS DE PRODUCCIÓN AGRARIA
217 PATRONAJE Y CONFECCIÓN
218 PELUQUERÍA
219 PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO Y ORTOPROTÉSICO
220 PROCEDIMIENTOS SANITARIOS Y ASISTENCIALES
221 PROCESOS COMERCIALES
222 PROCESOS DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
223 PRODUCCIÓN EN ARTES GRÁFICAS
224 PRODUCCIÓN TEXTIL Y TRATAMIENTOS FÍSICO-QUÍMICOS
225 SERVICIOS A LA COMUNIDAD
226 SERVICIOS DE RESTAURACIÓN
227 SISTEMAS Y APLICACIONES INFORMÁTICAS
228 SOLDADURA
229 TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE IMAGEN Y SONIDO
MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (0596)
603 COMPLEMENTOS Y ACCESORIOS 608 FOTOGRAFÍA Y PROCESOS DE REPRODUCCIÓN 609 MODELISMO Y MAQUETISMO 610 MOLDES Y REPRODUCCIONES 613 TÉCNICAS CERÁMICAS 616 TÉCNICAS DE ORFEBRERÍA Y PLATERÍA 617 TÉCNICAS DE PATRONAJE Y CONFECCIÓN 618 TÉCNICAS DEL METAL

ANEXO I B Relación de puestos correspondientes a especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (0590) que imparten materias del Área de Humanidades y Ciencias Sociales y las correspondientes al cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (0592) e Historia del Arte del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño (0595)

COD. TIPO DE PUESTO
001 FILOSOFÍA 002 GRIEGO 003 LATÍN 004 LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA 005 GEOGRAFÍA E HISTORIA 010 FRANCÉS 011 INGLÉS 012 ALEMÁN 013 ITALIANO 017 EDUCACIÓN FÍSICA 018 PSICOLOGÍA Y PEDAGOGÍA 058 APOYO LENGUA CIENCIAS SOCIALES 803 CULTURA CLÁSICA
BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA
COD. TIPO DE PUESTO
CUERPO DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS (0592)
001 ALEMÁN 002 ÁRABE 006 ESPAÑOL PARA EXTRANJEROS 008 FRANCÉS 011 INGLÉS 012 ITALIANO
CUERPO DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (0595)
516 HISTORIA DEL ARTE

ANEXO I C Relación de puestos correspondientes a las Especialidades de los Cuerpos de Profesores de Música y Artes Escénicas (0594) y Catedráticos de Música y Artes Escénicas (0593) y Música del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria

COD. TIPO DE PUESTO
401 ACORDEÓN 402 ARPA 403 CANTO 404 CLARINETE 405 CLAVE 406 CONTRABAJO 407 CORO 408 FAGOT 410 FLAUTA TRAVESERA 411 FLAUTA DE PICO 412 FUNDAMENTOS DE COMPOSICIÓN 414 GUITARRA 415 GUITARRA FLAMENCA 416 HISTORIA DE LA MÚSICA 418 INSTRUMENTOS DE PÚA 419 OBOE 421 ORQUESTA 422 PERCUSIÓN 423 PIANO 424 SAXOFÓN 426 TROMBÓN 427 TROMPA 428 TROMPETA 429 TUBA 431 VIOLA 433 VIOLÍN 434 VIOLONCELLO 435 DANZA ESPAÑOLA 436 DANZA CLÁSICA 437 DANZA CONTEMPORÁNEA 438 FLAMENCO 439 HISTORIA DE LA DANZA 441 CANTO APLICADO AL ARTE DRAMÁTICO 442 CARACTERIZACIÓN E INDUMENTARIA 443 DANZA APLICADA AL ARTE DRAMÁTICO 444 DICCIÓN Y EXPRESIÓN ORAL 445 DIRECCIÓN ESCÉNICA
COD. TIPO DE PUESTO
448 ESPACIO ESCÉNICO 449 EXPRESIÓN CORPORAL 451 INTERPRETACIÓN 453 INTERPRETACIÓN EN EL MUSICAL 454 INTERPRETACIÓN EN EL TEATRO DEL GESTO 455 LITERATURA DRAMÁTICA 458 TEORÍA E HISTORIA DEL ARTE 459 TEORÍA TEATRAL 460 LENGUAJE MUSICAL
CATEDRÁTICOS DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS (0593)
001 ACORDEÓN 002 ARMONÍA Y MELODÍA ACOMPAÑADA 003 ARPA 005 BALLET CLÁSICO 006 CANTO 007 CARACTERIZACIÓN 008 CLARINETE 009 CLAVE 010 COMPOSICIÓN E INSTRUMENTACIÓN 014 CONTRABAJO 015 CONTRAPUNTO Y FUGA 017 DANZA ESPAÑOLA 022 DIRECCIÓN DE ESCENA 023 DIRECCIÓN DE ORQUESTA Y CONJUNTO INSTRUMENTAL 024 DRAMATURGIA 028 ESTÉTICA E HISTORIA DE LA MÚSICA DE LA CULTURA Y DEL ARTE 029 EXPRESIÓN CORPORAL 030 FAGOT 032 FLAUTA TRAVESERA 034 GREGORIANO 035 GUITARRA 037 HISTORIA DE LA CULTURA Y DEL ARTE 038 HISTORIA DE LA LITERATURA DRAMÁTICA 042 INSTRUMENTOS DE PULSO Y PÚA 043 INTERPRETACIÓN 049 MIMO Y PANTOMIMA 050 MÚSICA DE CAMARA 051 MUSICOLOGÍA 052 OBOE 053 ÓRGANO 055 ORTOFONÍA Y DICCIÓN 057 PEDAGOGÍA MUSICAL 058 PERCUSIÓN 059 PIANO 060 PIANO APLICADO 061 REPENTIZACIÓN, TRANSPOSICIÓN INSTRUMENTAL Y ACOMPAÑAMIENTO 066 SAXOFÓN 072 TROMBÓN 073 TROMBÓN-TUBA 074 TROMPA 075 TROMPETA 076 TUBA 077 VIOLA 078 VIOLÍN 079 VIOLONCELLO
MÚSICA DEL CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
446 DRAMATURGIA

016 MÚSICA

447 ESGRIMA



Región de Murcia DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL
Consejería de Educación y SERVICIO PERSONAL DOCENTE Cultura

ANEXO II

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LOS ACTOS DE READJUDICACIÓN EN EL MES DE SEPTIEMBRE

D/Dª.__________________________________________, con DNI___________, domicilio _________________________________________________________ C.P.____________ , localidad_____________________ y teléfono___________

S O L I C I T A:

Que una vez finalizado el acto de adjudicación del mes de julio y habiendo obtenido destino en el CENTRO

a tiempo completo o, en el caso de tener concedida una comisión de servicios y no haber elegido puesto, MANIFIESTO el derecho a PARTICIPAR en septiembre, por una única vez, a otra nueva plaza a tiempo completo de entre las que se oferten con anterioridad al inicio de las actividades lectivas del curso 2006-2007, y no sean consecuencia de nuevas matriculaciones de alumnado en los centros educativos.

Murcia, a de de 2006.

Ver documento original en formato PDF en el BORM:

Orden de 10 de mayo de 2006, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se establece, para el curso 2006-2007, el procedimiento relativo a los actos de adjudicación de puestos provisionales del profesorado, conforme con lo previsto en el acuerdo de 25 de octubre 2005. (6 página/s - 124.95KB)

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