ESPECIALIDADES DE LOS CUERPOS DE CATEDRÁTICOS Y DE PROFESORES DE LAS ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que establece las especialidades de los cuerpos de catedráticos y de profesores de las Escuelas Oficiales de Idiomas.(Pendiente de publicación en el BOE)

El objetivo de la norma es determinar las especialidades docentes para el ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de funcionarios que tienen a su cargo la enseñanza en las escuelas oficiales de idiomas. En concreto, se han establecido dieciocho especialidades, correspondientes a otros tantos idiomas, como inglés, francés, alemán, italiano, portugués o chino, entre otros. Una de estas especialidades hace referencia a las lenguas cooficiales de las Comunidades Autónomas.

Con este Real Decreto se dice garantizar, además, que los funcionarios de todo el territorio tengan un tratamiento común, así como que las enseñanzas de idiomas sean impartidas por el profesorado más idóneo.


Referencia: Consejo de Ministros
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