Aprobado Real Decreto establece requisitos mínimos centros del segundo ciclo de educación secundaria

 

Aprobado el Real Decreto que establece los requisitos mínimos de los centros del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria.


 

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Educación, Ángel Gabilondo, ha aprobado el Real Decreto que establece los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria obligatoria. Con este nuevo texto, pendiente de publicar en el BOE,  se deroga la regulación vigente al respecto, es decir, el Real Decreto 1004/1991.


En la nueva normativa se introducen mejoras en la prestación de los servicios educativos ya que, a partir de ahora, no se especifican unas dimensiones mínimas, sino que se aplican las especificaciones del Código Técnico de Edificación por lo que se mejoran las características de instalaciones como los laboratorios de secundaria, patios de recreo, talleres, gimnasios o salas de dibujo. Con la normativa anterior, todos estos espacios tenían unas dimensiones mínimas. Ahora se establecen ratios de metros cuadrados por alumno.




Otra novedad es que se exige que todo el centro educativo, incluida su biblioteca, tenga acceso a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.


El cambio de normativa viene exigido por dos tipos de razones. Primero, la realidad de los centros docentes dista mucho de la vivida en el año 1991, cuando era necesaria una reforma ambiciosa que estableciera, por primera vez, unos requisitos mínimos que todos los centros docentes debían cumplir. Este avance se ha logrado gracias al anterior real decreto y gracias también a la inversión y vigilancia de las Comunidades Autónomas.


Segundo, también ha evolucionado el Estado de las autonomías y las técnicas normativas. Ahora, el Ministerio de Educación como legislador básico tiene que regular los aspectos comunes que luego desarrollarán las Comunidades Autónomas. Y lo ha hecho tomando como referente el Código Técnico de la Edificación y de manera conforme al Derecho europeo.


Fuente: http://www.mepsyd.es/horizontales/prensa/actualidad/2010/02/rd-requisitos-centros.html


Publicado en el BOE el 12 Marzo 2010:Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.

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