Habilitación para impartir como interinos en diferentes especialidades.
El Driector General de Recursos Humanos, de acuerdo con lo previsto en la Orden de la Consejería de Educación y Cultura de 4 de julio de 2006 (BORM de 19), por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2008/2009, ha resuelto:

1º) Reconocer la capacidad para impartir, como Funcionarios Interinos, las especialidades que se indican en el Anexo I.

2º) Desestimar las solicitudes que se detallan en el Anexo II, por las causas que asimismo se indican.


Contra la  Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Formación y Empleo en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo  preceptuado en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la Ley 4/99 de 13 de enero.



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