Concurso de traslados 2008-2009 Maestros Murcia. Instrucciones para cumplimentar la solicitud.

Tomado del ANEXO VII de la orden de la convocatoria

CONCURSO DE TRASLADOS DE MAESTROS 2008-2009 Y PROCEDIMIENTOS PREVIOS

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

1.- Cada solicitud deberá cumplimentarse únicamente por medios telemáticos, accediendo para ello a la zona privada del portal educativo: "Educarm" en la dirección de internet http://www.educarm.es, con su nombre de "usuario" y contraseña de funcionario docente, siguiendo las instrucciones que la propia aplicación proporciona.

Aquellos participantes que desconozcan su nombre de "usuario" y contraseña, deberán recabarlos, personalmente y previa acreditación de su identidad, en los siguientes centros de atención al usuario:


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  • - CAU Consejería de Educación, Formación y Empleo. Avda de la Fama, 15 (Edificio Costas) en horario de 8,30 a 15 horas, y de 16,30 a 19,30 horas.

  • - CAU de los Centros de Profesores y Recursos de los que dependa el centro de destino del participante, en horario de 16,30 a 19,30 horas.

2.- Aquellos concursantes que soliciten participar en el proceso de readscripción (apartado 1), consignarán en el epígrafe «A CUMPLIMENTAR POR TODOS LOS CONCURSANTES» solamente el destino provisional (localidad y centro) que ocupan, y en el epígrafe «A CUMPLIMENTAR SI PARTICIPA POR ALGUNO DE LOS APARTADOS 1, 2 Y 3» el centro donde les fue suprimido el puesto de trabajo que venían desempeñando con carácter definitivo.

  • Los solicitantes de los apartados 2 y 3, consignarán en ambos epígrafes el centro en que están destinados, así como la especialidad que ocupan.

3.- Aquellos Maestros que se encuentren en alguno de los supuestos recogidos en la convocatoria de derecho preferente (supuestos recogidos en el artículo 18 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio), deberán indicar el apartado (A, B, C, D, E o F) que corresponda a su situación. Dichos apartados figuran en la Base Primera de la Convocatoria de Derecho Preferente.

Asimismo, los que se encuentren en el supuesto recogido en la disposición adicional décima del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre (B.O.E. del 6), es decir, aquellos que aún permanezcan en puestos para los que no cuenten con la preceptiva habilitación, deberán hacerlo constar marcando una "X" en el espacio correspondiente.

Los Maestros que hagan uso del derecho preferente, al rellenar el epígrafe "A CUMPLIMENTAR SI PARTICIPA EN EL APARTADO 5", deberán consignar obligatoriamente el código de la localidad de las que les dimana el derecho.

  • Si, adicionalmente, lo ejercieran a otra u otras localidades de la zona, deberán consignar, además, el código de esta última zona.

  • Asimismo, deberán consignar por orden de preferencia, los códigos de todas las especialidades para las que estén habilitados de las relacionadas en el puntos 9 de estas instrucciones. De solicitar especialidades que conlleven la condición de itinerancia, deberán consignarlo cumplimentando una "X" en esa casilla.

Para quienes procedan de puestos suprimidos en especialidades correspondientes a los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria, pueden además, si lo desean, solicitar puestos de primer y segundo curso de la ESO, debiendo consignar especialidades de las relacionadas en los puntos 10 y 12 de las instrucciones, siempre que estuvieran habilitados para su desempeño según la tabla de equivalencias reseñada en la convocatoria. De solicitar especialidades que conlleven la condición de itinerancia, deberán consignarlo cumplimentando una "X" en esa casilla.

4.- Aquellos participantes que se encuentren prestando servicios en el primer destino definitivo obtenido por concurso, al que hubieron de acudir obligatoriamente desde su situación de provisionales, deberán elegir en la solicitud qué apartado del baremo (a ó c) desean les sea aplicado.

5.- Aquellos concursantes que participaron en la convocatoria del concurso de traslados anterior, convocado por Resolución de 26 de octubre de 2007 (BORM de 15 de noviembre), y no estén conformes con la puntuación asignada en algún apartado o subapartado deberán hacerlo constar en el espacio reservado para ello en la Hoja de alegación de méritos y aportando la documentación justificativa de ese apartado o subapartado.

Los participantes que sólo quieran añadir méritos obtenidos con posterioridad al 3 de diciembre de 2007, deberán alegar los nuevos méritos en el apartado correspondiente de la hoja de declaración de méritos aportando la documentación justificativa.

Igualmente, aquellos concursantes que participaron en la convocatoria del concurso de traslados anterior, pueden optar por mantener las mismas peticiones de centros y/o localidades y en el mismo orden que en la convocatoria efectuada por Resolución de 26 de octubre de 2007, no necesitando cumplimentar el apartado de peticiones de la instancia de participación, debiendo comprobar antes que no se han producido cambios en los códigos de las especialidades.

  • Quienes se acojan a esta opción, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente de la instancia, dejando sin cumplimentar todas las casillas de peticiones de centros y/o localidades de su instancia de participación.

PETICIONES DE ESPECIALIDADES

(Apartado A) de la solicitud)

6.- Aquellos concursantes que soliciten su participación por alguno de los procesos de readscripción en el centro docente (apartados 1 y 3), deberán cumplimentar, por orden de preferencia, las especialidades a las que soliciten ser readscritos dentro del centro.

Aquellos concursantes que están mal adscritos y deben participar por el proceso de readscripción (apartado 2), deberán cumplimentar, por orden de preferencia, todas las especialidades para las que se encuentran habilitados.


PETICIONES DE CENTRO O LOCALIDAD-ESPECIALIDAD

(Apartado B) de la solicitud)

7.- Aquellos concursantes que participen por los apartados 5 ó 6, cumplimentarán esta parte de la solicitud de la siguiente manera:

7.1 Participantes por el apartado 5

a) Si solamente ejerce el derecho preferente a la localidad, deberá:

  • Incluir obligatoriamente:

    • Por orden de preferencia, todos los Centros de Educación Infantil y Primaria de la misma,

    • O bien el código de la propia localidad, si así lo desea.

  • También podrá consignar, voluntariamente:

    • Los Centros de Educación de Adultos de la misma y, de asistirle derecho, los Institutos de Enseñanza Secundaria.

b) Los que ejerzan derecho preferente a otra u otras localidades de la zona, :

  • Deberán consignar todos los Centros de la/s localidad/es a las que opten agrupados por bloques (en cada bloque todos los Centros de una misma localidad);

  • Igualmente podrán reseñar únicamente, y siempre por orden de preferencia, los códigos de las localidades en las que deseen se les aplique este derecho, en cuyo caso la adjudicación de centro se realizará teniendo en cuenta el mismo Orden en que aparecen publicados en el anexo correspondiente de la convocatoria.

En todos los supuestos anteriores, en las casillas correspondientes al código de especialidad propiamente dicho (2 primeras casillas), se pondrán únicamente las siglas DP (Derecho Preferente), con las que se entenderán solicitadas todas las especialidades consignadas en el epígrafe "A CUMPLIMENTAR SI PARTICIPA POR EL APARTADO 5".

7.2 Participantes por el apartado 6

Deberán incluir las peticiones de los Centros y/o localidades que deseen solicitar voluntariamente por este apartado. Por cada petición deberá consignar el código de centro o localidad y código de especialidad (véanse puntos 9, 10, 11 y 12 de estas instrucciones).

7.3 Participantes por más de uno de los apartados 5 y 6

Deberán agrupar las peticiones de cada uno de ellos en bloques homogéneos, siguiendo el orden en que quedan enumerados, en tal sentido todas las peticiones correspondientes al apartado 5 del Derecho Preferente habrán de formularse en primer término en la instancia.

8.- Para solicitar un centro o una localidad por más de una especialidad, será necesario consignar en distintas líneas, dicho centro o localidad, una por cada una de las especialidades que se deseen y por orden de preferencia, con la salvedad mencionada en el punto 7.1 (Derecho Preferente). A estos efectos, se considerará especialidad distinta la que conlleva el carácter itinerante.


CÓDIGOS DE ESPECIALIDADES (Dos primeros caracteres)

9.- Centros Públicos de Primaria, Educación Infantil, Educación Especial y Centros de Educación Infantil y Básica

ESPECIALIDAD - CÓDIGO

Educación Infantil 31

Idioma extranjero: Inglés 32

Idioma extranjero: Francés 33

Educación Física 34

Música 35

Pedagogía Terapéutica 36

Audición y Lenguaje 37

Educación Primaria 38


10.- Centros con primer y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria

ESPECIALIDAD CÓDIGO

Ciencias Sociales, Geografía e Historia 21

Ciencias de la Naturaleza 22

Matemáticas 23

Lengua Castellana y Literatura 24

Lengua extranjera: Inglés 25

Lengua extranjera: Francés 26

Educación Física 27

Música 28


11.- Centros de Educación de Adultos

ESPECIALIDAD CÓDIGO

En Centros de Adultos 74

En Instituciones penitenciarias 20


 

12.- Otros puestos Pedagogía Terapéutica en Institutos de Educación Secundaria .........................................60

Audición y Lenguaje en Institutos Educación Secundaria ..........................................................61

Audición y Lenguaje en Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, de Atención Temprana y Específicos......................................61


13.- Además de estas instrucciones es necesario que cada solicitante lea detenidamente la Convocatoria de este Concurso Público en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, lo que evitará

errores imposibles de subsanar. La Dirección General de Recursos Humanos, informará y aclarará las dudas que puedan producirse.

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