Convocatoria de centros de prácticas curriculares: Títulos de Maestros

CONVOCATORIA DE CENTROS DE PRÁCTICAS CURRICULARES

(TITULOS DE MAESTRO)

 

                La realización de las prácticas de enseñanza por parte de los alumnos y alumnas que cursan los títulos de Maestro ha sido regulada por un Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la Universidad de Murcia (6/9/2000), en el cual se especifican las normas a seguir para la realización de prácticas docentes en centros dependientes de la Administración Regional.

 

                En virtud de dicho convenio, compete a la Dirección General de Promoción Educativa e Innovación proporcionar a la Universidad las plazas disponibles para la realización de prácticas curriculares durante el curso 2006/2007, a cuyo fin está destinada la presente convocatoria, que se llevará a cabo de acuerdo con las normas siguientes:


 

1º) Podrán ser centros de prácticas del alumnado que cursa los Títulos de Maestro todos los centros sostenidos con fondos públicos situados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Murcia en los cuales impartan su enseñanza Maestros y Maestras: Colegios de Educación Infantil, Colegios de Educación Primaria, Colegios de Educación Especial e Institutos de Educación Secundaria en los que se imparte el 1º ciclo de la E.S.O.

 

2º) El profesorado que desee participar en esta convocatoria deberá estar impartiendo alguna de las etapas, áreas o especialidades relacionadas con las diferentes titulaciones de Maestro que se cursan en la Universidad de Murcia (Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Musical, Educación Física y Lenguas Extranjeras -Francés o Inglés-).

 

3º) Uno de los profesores o de las profesoras del centro ejercerá las funciones de coordinador o coordinadora de prácticas. Para un mejor funcionamiento del Prácticum, es conveniente que sea miembro del Equipo Directivo. Cuando esto no sea posible, o en aquellos casos en que la organización del centro así lo aconsejen, esta tarea  podrá ser realizada por cualquier otro profesor o profesora del mismo. Serán funciones del Coordinador o la Coordinadora de prácticas:

 

a) La coordinación de tareas entre los maestros y maestras tutores del centro, para lo cual deberá realizar, al menos, tres reuniones de trabajo: antes, durante y después de las prácticas.

                b) Asistir a las reuniones de coordinación que se organicen en la Facultad de Educación.

                c) La coordinación entre los Tutores y Tutoras de Facultad y los Maestros y Maestras tutores.

d) Facilitar al alumnado de prácticas el conocimiento de la organización y funcionamiento del centro, de los proyectos educativos y curricular, así como de otros proyectos, programas o actividades en los que el centro participe.

 

4º) El profesorado que esté dispuesto a colaborar con el Prácticum de Maestro debe comunicar su decisión al Equipo Directivo, que lo pondrá en conocimiento del Claustro de Profesores y el Consejo Escolar del Centro.

 

5º) Los centros que vayan a colaborar en el Prácticum de Maestro deben cumplimentar la documentación que figura en los anexos I y II de esta convocatoria, y presentarla en la Facultad de Educación de la Universidad de Murcia por cualquiera de los siguientes medios: directamente en la Secretaría del Decanato, por FAX (968364146), por correo electrónico (micv@um.es) o por correo (Facultad de Educación. Campus de Espinardo s/n. 30100. Espinardo. Murcia). El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 20 de octubre de 2007 (teléfonos de información: 968364162; 968364159).

 

                6º) De acuerdo con la planificación del Prácticum de Maestro para el curso 2007/2008, se considerarán centros de prácticas todos aquellos que lo soliciten, siempre que reúnan los requisitos exigidos. Las listas de los centros admitidos se harán públicas en la Facultad de Educación.

 

7º) A cada Maestro tutor o Maestra tutora le podrá corresponder la tutela simultánea de un máximo de dos alumnos o alumnas por cada período de prácticas. Serán funciones del Maestro tutor o Maestra tutora de prácticas:

 

a) Acoger alumnos y alumnas de prácticas en los períodos que se establezcan a lo largo del curso escolar.

b) Posibilitar que el alumnado se inicie en la práctica docente, de acuerdo con las actividades previstas en el Plan de Prácticas de la Facultad de Educación.

c) Asesorar al alumnado de prácticas en cuestiones pedagógicas y didácticas.

d) Participar en la evaluación del alumnado de prácticas, siguiendo los criterios y las pautas del Plan de Prácticas de la Facultad de Educación.

 

8º) Los Maestros y Maestras tutores y el Coordinador o Coordinadora se constituirán en un grupo de trabajo en el centro para llevar a cabo la planificación, desarrollo y evaluación de las prácticas. Al finalizar las mismas, elaborarán un informe sobre el desarrollo del Prácticum en su centro, que será remitido a la Facultad de Educación.

 

9º) Por su colaboración con el Prácticum de Maestro, el profesorado recibirá las siguientes compensaciones:

 

a) Una certificación expedida por la Universidad de Murcia, por la cual se le reconocerá, por parte de la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación, 40 horas de formación permanente a los tutores en el desarrollo de las prácticas curriculares. A los maestros que ejerzan función de coordinadores de dichas prácticas, se les reconocerán 45 horas de formación. (Orden de 13 de junio de 2005, BORM 22 de junio de 2005)

 

b) Una ayuda económica de la Universidad de Murcia, cuya cuantía estará en función del número de alumnos y alumnas asignados a cada centro, e irá destinada a los niveles, áreas o especialidades de los Maestros y Maestras tutores en las cuales se realicen las prácticas de enseñanza.

 

c) La posibilidad de recibir asesoramiento y apoyo técnico del Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Murcia para facilitarles la participación en programas internacionales destinados a centros no universitarios y a experiencias conjuntas entre éstos y la Universidad.

 

d) La posibilidad de utilizar las bibliotecas e instalaciones deportivas de la Universidad en condiciones similares a las del personal dependiente de esta institución.

 

e) Consideración preferente para su participación en los cursos y seminarios organizados por la Universidad de Murcia.

 

f) Consideración como mérito para la contratación de Profesores Asociados de la Universidad de Murcia.

 

10º) Una vez se conozca la oferta de plazas, la Facultad de Educación llevará a cabo la distribución del alumnado a los centros, de acuerdo con los criterios que mejor garanticen una óptima organización y desarrollo del Prácticum.

 

11º) Durante el curso 2007/2008, el calendario de prácticas será el siguiente: Prácticum II, del  4 de febrero al 29 de febrero; Prácticum III, del 3 de marzo al 18 de abril (periodo lectivo); Prácticum I, del 28 de abril al 23 de mayo.

 

Murcia, 1 de octubre de 2007

Director General de Promoción Educativa e Innovación


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