Orden que se establece procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2007-2008.

Orden de 4 de julio de 2007, de la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación, por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2007-2008.

 

Orden de 4 de julio de 2007, de la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación, por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2007-2008. (51 página/s - 4152.76KB)

 

 

Esta orden regula las siguientes materias:

 

Título I Normas comunes a todos los niveles de las enseñanzas de régimen escolar

1.- NUEVAS DOTACIONES DE PROFESORADO.

2.- COMISIONES DE SERVICIOS.

3.- ENSEÑANZAS DE RELIGIÓN.

4.- PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD.

4.1.  Permiso por paternidad y maternidad y disfrute de las vacaciones.

4.2.  Profesoras itinerantes en período de gestación.

4.3.  Profesorado interino.

5.- PROFESORADO INTERINO.

5.1.  Incorporación del profesorado interino a la do­cencia en centros públicos.

5.2.  Derechos retributivos.

5.3.  Causas justificadas de renuncia a la oferta de los puestos en régimen de interinidad.

5.4.  Causas justificadas de renuncia del puesto desempeñado en régimen de interinidad.

5.5.  Listas de aspirantes a plazas de interinidad.

5.6.  Habilitación del profesorado para la impartición de determinados módulos de los ciclos formativos.

5.7.  Habilitación del profesorado para el desempeño de puestos dentro de los programas de enseñanza bilingüe español-inglés, español-francés o español-alemán.

5.8.  Trabajo socioeducativo en Equipos de Orienta­ción Educativa y Psicopedagógica e Institutos de Educa­ción Secundaria.

 

5.8.1.  Funciones de este profesorado.

5.8.2.  Provisión de necesidades.

5.9. Jornadas inferiores a la ordinaria.

5.10. Extinción del nombramiento para el desempeño de puestos en régimen de interinidad.

5.11. Habilitación del profesorado interino que integra las listas del Cuerpo de Maestros.

6.- PROFESORADO ESPECIALISTA.

7.- PLAZAS OFERTADAS.

8.- DESPLAZAMIENTO DE PROFESORADO DE SU CENTRO POR FALTA DE HORARIO LECTIVO.

8.1.  Concurrencia de Cuerpos docentes en la Educa­ción Secundaria Obligatoria.

8.2.  Criterios para el desplazamiento del profesora­do.

9. MEJORA DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PROFESORADO

9.1 .- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

9.2. Reducción de jornada lectiva en la mitad o en un tercio por razón de edad.

Título II Adjudicación de destinos provisionales.

1. CUERPO DE MAESTROS.

1.1.  Cambios de perfil de las vacantes.

1.2.  Orden de adjudicaciones.

1.3.  Calendario a seguir.

2.- ENSEÑANZA SECUNDARIA, FORMACIÓN PRO­FESIONAL, ARTÍSTICAS E IDIOMAS.

2.1.  Prioridades y calendario de adjudicaciones de destinos provisionales.

2.2.  Centros de Enseñanzas Artísticas.

2.3.  Necesidades docentes de las Escuelas Oficiales de Idiomas.

2.4.  Necesidades docentes de la Escuela de Arte y Superior de Diseño.

2.5.  Fecha de incorporación del profesorado.

2.6.  Jornada y horario del Profesorado.

2.7.  Profesorado que forma parte de los órganos específicos de representación.

Título III Normas sobre funcionamiento de los centros

1.- ATENCIÓN DOMICILIARIA AL ALUMNADO

2. EDUCACIÓN A DISTANCIA

3.- OBLIGACIONES DE LOS ÓRGANOS DIRECTI­VOS DE ESTA CONSEJERÍA

Título IV Normas finales

ANEXO I: Módulos profesionales de formación profe­sional específica en los que, para su impartición, el profesorado interino precisa poseer el requisito de habilitación.

ANEXO II: Requisitos para la impartición del progra­ma de enseñanza bilingüe.

ANEXO III: Modelo informe de profesorado especia­lista.

ANEXO IV: Régimen de jornada semanal de profe­sorado que imparte docencia en institutos de educación secundaria, centros de educación de adultos (profesorado del resto de cuerpos docentes, excepto Maestros), escuelas ofíciales de idiomas, conservatorios de música y artes escénicas, conservatorio de danza, escuela de arte y su­perior de diseño, escuela superior de arte dramático y cen­tros de educación de adultos (profesorado del cuerpo de Maestros que imparta 12 o mas períodos de enseñanzas de educación secundaria para adultos).

ANEXO V: Régimen de jornada semanal del profeso­rado de los centros docentes públicos que imparten educa­ción infantil y primaria y, de modo provisional, primer y se­gundo curso de educación secundaria obligatoria, centros de educación especial y centros de adultos (profesorado del cuerpo de Maestros que imparten menos de 12 horas de educación secundaria para adultos).

ANEXO VI: Régimen de jornada semanal de profesorado mayor de 55 años que imparten docencia en institutos de educación secundaria, centros de educación de adultos (profesorado del resto de cuerpos docentes, excepto Maestros), escuelas oficiales de idiomas, conservatorios de música y artes escénicas, conservatorio de danza, es­cuela de arte y superior de diseño, escuela superior de arte dramático y centros de educación de adultos (profesorado del cuerpo de Maestros que imparta 12 o mas períodos de enseñanzas de educación secundaria para adultos).

ANEXO VII: Modelo de certificación de servicios a tiempo parcial.

ANEXO VIII: Modelo de certificación de servicios a tiempo parcial de profesor interino.

ANEXO IX: Modelo de solicitud del complemento de Maestros en secundaria.

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