Resolución de las ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación.

Resolución de 22 de enero de 2007, del Director General de Formación Profesional e Innovación Educativa de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se da publicidad en el "Boletín Ofi cial de la Región de Murcia" de la resolución de las ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación del profesorado.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, (BOE 18-11-2003), y el artículo 59. 6. apartado b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (BOE 27-11-1992) del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y conforme a lo expresado en la Con­vocatoria, en su disposición undécima, apartado tres, Orden de 14 de junio de 2006, (BORM 27-06-2006), y una vez resuelta la convocatoria por el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura, en fecha 15 de diciembre de 2006,

Resuelvo

Ordenar la publicación, en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia, de la relación nominal de beneficiarios, puntuación y cuantía de las ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación del profesorado de la Consejería de Educación y Cultura, sirviendo la presente publicación, como acto notificador de la concesión de las ayudas a los beneficiarios, según anexo I y la denegación de las ayudas a los solicitantes excluidos según anexo II que se insertan con la presente resolución,

· ANEXO I. Relación A: Beneficiarios.

· ANEXO II. Relación B: Excluidos y motivos de exclusión.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de re­posición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Murcia, 22 de enero de 2007.El Director General de Formación Profesional e Innovación Educativa, Juan Castaño López.

 

 

Ver resolución completa con Anexos I y II. Relación de beneficiarios y excluidos (PDF).

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