Presupuestos Generales CARM 2017: recogen el pago del verano a interinos con 255 días de servicios
  • Los presupuestos Generales CARM recogen el pago del verano a interinos con 255 días de servicios
  • En este caso no se hace diferencia entre servicios prestados en vacantes de plantilla o de sustitución.


Artículo 27. Retribuciones del personal funcionario interino.

1. El personal funcionario interino percibirá las retribuciones básicas, incluidos trienios, correspondientes al grupo o subgrupo en el que esté incluido el cuerpo en el que ocupe vacante, siendo de aplicación a este colectivo lo previsto en el artículo 26, apartado b) de la presente ley; asimismo dicho personal percibirá las retribuciones complementarias correspondientes al puesto de trabajo desempeñado, excluidas las que estén vinculadas a la condición del personal funcionario de carrera.

2. En el caso del personal funcionario interino docente, a las retribuciones básicas del apartado 1, se sumarán las correspondientes al complemento por formación permanente.
Asimismo, quienes hayan ocupado puestos de trabajo por un tiempo igual o superior a 255 días en el curso escolar 2016-2017 percibirán íntegros los ingresos correspondientes al período del 1 de julio al 31 de agosto.

NOTA DE SIDI:


Desde SIDI lamentamos que no se recoja en este artículo una reducción de los 255 días ya que considermos de justicia que el derecho se fije en los 165 días como era hasta hace unos años, (así se lo hicimos llegar entre otras propuestas a los 4 partidos políticos con representación en la Asamblea Regional), y todo ello pese a que algún partido político había manifestado que se produciría una graduación del número de días necesarios para tener el derecho al cobro integro de julio y agosto, cuestión que no ha sucedido, como queda constatado en el texto del artículo.


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