Instancia para participar en los actos de readjudicación de Septiembre.
Después del escándalo del año pasado, en que plazas que considerábamos  que existían realmente en Julio, no aparecieron en los listados de vacantes, con lo cual no pudieron ser pedidas en los actos de Julio, mientras que posteriormente aparecieron en  los listados de las adjudicaciones de septiembre,  sin que fueran consecuencia de nuevas matriculaciones de alumnado en los centros educativos. Ante ello el SIDI pidió y consiguió de la Consejería de Educación, la posibilidad de que puedas cambiar el destino que te adjudiquen en estos actos de adjudicación si en el primer acto de adjudicación de septiembre aparece otro destino que te interese más. Si bien, los demás sindicatos adulterando el Acuerdo firmado han conseguido que la Consejería acepte que las comisiones de servicio que no pidan en Julio puedan pedir en septiembre, perjudicando nuevamente a los interinos.

 

Por ello si has participado en los procesos de adjudicación de Julio y estás interesad@ en poder participar en los actos de readjudicación de Septiembre, has de rellenar la instancia y presentarla en el registro de la consejería en el plazo de 5 días desde el acto en que te adjudiquen plaza en  Septiembre.

Te aconsejamos que te descargues  la instancia en formato PDF, y la llevas firmada y rellenada al acto (con copia) , para posteriormente entregarla en registro pidiendo que te sellen la copia.

El procedimiento resumido y extraído de la orden  de 10 de Mayo de 2006 (Publicada en el BORM de 19 de Julio de 2006), lo puedes consultar a continuación:

 

Tercero.- Procedimiento para confirmar destino elegido en el mes de julio.

Tras la finalización de cada uno de los actos de adjudicación del mes de julio, el profesorado que haya elegido destino a tiempo completo y desee optar en septiembre a otra nueva plaza a tiempo completo que pudiera ser de su interés y que no fue ofertada en los referidos actos de adjudicación, así como el profesorado dependiente orgánica y funcionalmente de esta Consejería al que se le ha concedido la posibilidad de elegir un puesto en comisión de servicios por razones humanitarias o causas sociales y que no haya elegido puesto, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para ejercer dicha opción mediante el oportuno escrito, con-forme al modelo anexo II. Transcurrido ese plazo se entenderá que el aspirante renuncia a participar en los actos de adjudicación que puedan tener lugar en septiembre.

Cuarto.- Plazas objeto de nueva petición en septiembre.

Las nuevas plazas a las que podrán optar los interesados en septiembre, serán exclusivamente las plazas a tiempo completo que se oferten con anterioridad al inicio de las actividades lectivas del curso 2006-2007 y no sean consecuencia de nuevas matriculaciones de alumnado en los centros educativos.

Los funcionarios docentes que, habiendo efectuado petición de puesto completo provisional en el mes de julio vuelvan a optar por una nueva plaza durante los actos de readjudicación del mes de septiembre, previos al inicio de las actividades lectivas en los centros educativos, podrán ejercer esta opción una única vez, sin que en ningún caso puedan readjudicarse los puestos que los participantes puedan dejar libres como consecuencia de las nuevas elecciones.

Quinto.- Plazas de sustitución y otras situaciones.

Quedan excluidas de las nuevas peticiones de readjudicación las plazas de sustitución que se oferten durante el mes de septiembre. Sí podrán optar a las plazas que durante el intervalo que media entre los actos de adjudicación de julio y septiembre sean consecuencia de vacantes generadas por comisiones de servicio del titular, pase a situaciones especiales, etc.

Sexto.- Plazas como consecuencia de nuevas matriculaciones en ciclos formativos.

Dadas las peculiaridades de los ciclos formativos de grado superior en los que el período de finalización de matrícula es posterior al inicio de curso en los niveles de enseñanzas obligatorias y bachillerato, podrán optar a las nuevas plazas completas en los actos de readjudicación siempre que se oferten antes del inicio de las actividades lectivas en ese nivel educativo.

Séptimo.- Adjudicaciones indebidas.

Para preservar los derechos del alumnado a recibir una educación de calidad, con los del profesorado, una vez comenzadas las actividades lectivas, no se readjudicarán nuevas plazas, salvo que sean consecuencia de adjudicaciones indebidas o que, al ser las expectativas de matrícula inferiores a las inicialmente establecidas, el profesorado no disponga de horario suficiente en el centro que se le adjudicó inicialmente.

Si tienes dudas, es conveniente que consultes el texto completo de la orden, en formato PDF.

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