SIDI - los interinos que deseen ya pueden desactivarse para el curso 2016/17
  • MODELO DE SOLICITUD P-1437
  • RENUNCIA JUSTIFICADA A LA OFERTA PARA CURSO COMPLETO SEGÚN ACUERDO DE INTERINOS (S/Adicional 2ª de la Resolución de 11/3/2016 por la que se publica el acuerdo sobre personal docente interino. BORM- 28/3/2016)
  • PLAZO HASTA 30 DE JUNIO


  • Adicional segunda.- Renuncia a curso completo.
  • Los integrantes de las listas podrán renunciar a su participación en los actos de adjudicación correspondientes a un curso completo, siempre que lo soliciten antes del 1 de julio. A todos los efectos se considerará renuncia justificada y tendrá carácter irrevocable hasta el 30 de junio de año siguiente. Excepcionalmente, por necesidades del servicio, la Administración podrá determinar, oída la Comisión de Seguimiento, que en alguna lista no se acepten este tipo de renuncias, o, en su caso, aceptar excepcionalmente reincorporaciones.

PERO SI NO QUIERO DESACTIVARME... ¿CUALES SON LAS CAUSAS DE RENUNCIA JUSTIFICADA CON EL NUEVO ACUERDO DE INTERINOS?

Duodécimo.- Renuncia a la oferta (BORM 28/03/2016) (indispensable NO rellenar solicitud  telemática de peticiones si te convocan, esperar a ser excluido/a y posteriormente presentar la renuncia justificada por alguno de los siguientes casos).

Se entenderán como causas justificadas para renunciar a la oferta de un puesto de trabajo en régimen de interinidad las siguientes:
a. Por enfermedad del interesado, por un período y circunstancias equivalentes a las que determine la incapacidad temporal. No obstante no se justificará esta renuncia si la enfermedad no le incapacita para la petición y la incorporación es posterior al fin del periodo de incapacidad.
b. Las relacionadas con la maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, durante el tiempo marcado por la Ley para dichos permisos.
c. Por cuidado de hijo o cuidado de un familiar hasta el segundo grado en consanguinidad o afinidad, por el tiempo previsto en la ley para la excedencia por cuidado de familiares.
d. Por tener contrato laboral en vigor, relación jurídico funcionarial en cualquier Administración Pública, organismos o empresas públicas o privadas. Por encontrarse trabajando o becado, en el extranjero, en algún programa docente convocado por la Administración Pública, por universidades extranjeras o instituciones de reconocido prestigio. Los trabajadores autónomos podrán solicitar que su situación le sea equiparada a disponer de contrato laboral en vigor en empresas privadas.
e. Por ejercicio de cargo público o representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
f. Cuando el estado de salud del interesado aconseje un centro de trabajo determinado, distinto del ofertado. Esta circunstancia requerirá informe positivo del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales con indicación de los criterios a considerar en la elección de centro.
g. Por encontrarse disfrutando de viaje, como consecuencia de matrimonio o situaciones asimiladas, previa justificación documental de la circunstancia que le impidió participar.
h. Por otras causas debidamente justificadas y apreciadas por la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Universidades. En este apartado se tendrá especial consideración hacia las víctimas de violencia de género o víctimas del terrorismo.

COMO PUEDES VER DESAPARECEN LOS REQUISITOS DE LOS CONTRATOS Y AHORA SE PUEDE PRESENTAR CONTRATO EN CUALQUIER MOMENTO DEL CURSO.


Y SI HE OBTENIDO DESTINO ¿PUEDO DEJAR DE TRABAJAR SIN QUE ME EXCLUYAN?

Decimotercero.- Renuncia al puesto desempeñado. (BORM 28/03/2016)
El candidato que habiéndose incorporado a un puesto de interinidad renuncie a él o, habiendo sido nombrado, no se incorpore, será eliminado de la lista de la especialidad en que se haya producido la renuncia o la no incorporación, salvo que acredite alguna de las siguientes causas excepcionales justificativas de la renuncia:
a. Por cuidado de hijo o cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad, por el tiempo previsto en la ley para la excedencia por cuidado de familiares.
b. Por incorporarse a un puesto de trabajo adscrito a un cuerpo docente de grupo o nivel superior en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
c. Por pasar de un nombramiento de jornada completa a jornada parcial, de la misma naturaleza y duración. En este caso no podrá ampliarse la jornada a quienes pasen de tiempo completo a tiempo parcial. A los efectos de lo dispuesto en la presente letra no se entienden de distinta naturaleza los nombramientos en distinta especialidad.
d. Por obtener un puesto de trabajo o beca, en el extranjero, en algún programa docente convocado por la Administración Pública, por universidades extranjeras o instituciones de reconocido prestigio.
e. Cuando el estado de salud del interesado aconseje un centro de trabajo determinado, distinto del ofertado. Esta circunstancia requerirá informe positivo del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales con indicación de los criterios a considerar en la elección de centro.
f. Otras causas a valorar por la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, dándose cuenta a las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Educación. En este apartado se tendrá especial consideración hacia las víctimas de violencia de género o víctimas del terrorismo.

En todo caso, el solicitante deberá permanecer en su puesto de trabajo hasta que se emita la correspondiente resolución. De no hacerlo, resultará excluido definitivamente de la lista de interinos.
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